Así, el acuerdo del organismo encargado del control operativo del sistema eléctrico nacional no podrá ser aplicado a ninguna compañía del sector. Gómez Fierro decidió que la sentencia tuviera efectos generales, pues de lo contrario otorgaría una ventaja competitiva a la empresa que inició el proceso frente al resto de los participantes del mercado eléctrico mayorista.
El Acuerdo para garantizar la eficiencia, calidad, confiabilidad, continuidad y seguridad del Sistema eléctrico Nacional, con motivo del reconocimiento de la epidemia de enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), publicado por Cenace el 29 de abril pasado, suspendía de manera indefinida las pruebas críticas necesarias para la entrada en operaciones de nuevas centrales renovables, bajo el argumento de que estas actividades ponían en riesgo la estabilidad del sistema en tiempos cruciales, como lo son la emergencia sanitaria.
A través del acuerdo, el Cenace, entonces dirigido por Alfonso Morcos, también abría la puerta a una reclasificación del despacho eléctrico, que hasta ahora se rige por términos económicos, hacia uno en el que se beneficiará a las plantas de la Comisión Federal de Electricidad, por considerar que brindan más confiabilidad al sistema.
Entre otros factores, Gómez Fierro falló a favor de la compañía operadora de parques eólicos al considerar que el acuerdo no fue emitido por la autoridad competente. Éste, consideró, debía haber sido publicado por la Comisión Reguladora de Energía, el organismo regulador del mercado eléctrico.
También consideró que la medida del Cenace atenta contra la competencia en el mercado y limitaba la entrada de nuevas compañías generadoras de energía.
Hay al menos otros 40 procesos de amparo abiertos por otras compañías en contra de esta medida.