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Los "pueblos fantasma" de la minería y la ley de remediación que puede cambiarlo

Las localidades aledañas a las minas se convierten en “pueblos fantasma” cuando cierra su principal fuente de empleo; regular que las empresas cuenten con un plan de cierre puede darles un futuro.
mar 06 septiembre 2022 03:36 PM
(Un minero retirado, posa para una foto frente a una mina de plata)
México destaca a nivel mundial por sus cualidades mineras, lo que lo ha llevado a ser el principal productor de plata

México es el mayor principal productor de plata a nivel mundial y está entre los principales productores de otroz minerales como oro, zinc, plomo y cobre. Pese a la relevancia del país como fuente de minerales, en el país no existe una ley que obligue a las empresas a realizar actividades de remediación tras el cierre de las minas.

La situación es diferente en otros países. En Canadá, por ejemplo, las empresas están sujetas a responsabilidades y actividades de remediación medioambiental, prácticamente, de por vida. Antes de arrancar cualquier proyecto minero, las empresas mineras deben presentar una Manifestación de Impacto Ambiental (MIA). Pero en México las actividades de remediación son "opcionales".

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¿Cómo está la regulación en México?

Para llevar a cabo actividades mineras en México, la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) solicita a las empresas su sometimiento a la figura de Evaluación de Impacto Ambiental, a través de la presentación del documento MIA. En éste son identificados los posibles impactos ambientales directos e indirectos, acumulativos y residuales provocados por la actividad minera que se pretende desarrollar.

El documento es elaborado a partir de guías desarrolladas por la propia Semarnat, a través de las que se describen las obras o actividades a realizar en su fase de operación, así como al concluir su producción, lo cual está en el apartado de Desmantelamiento y abandono de las instalaciones, así como en las Estrategias para la prevención y mitigación de impactos ambientales.

Pero estos documentos son solo una guía, es decir, no establece obligaciones para las empresas, por lo que su cumplimiento y valoración está sujeto a la consideración de quien lo elabora, es decir, de las empresas.

Luis Humberto Vázquez, presidente de la Asociación de Ingenieros de Minas, Metalurgistas y Geólogos de México, confirma que en México no hay una Ley que atienda, de forma específica, las actividades relacionadas en torno al cierre de minas, sin embargo, aquellas empresas adheridas a los esquemas formales, mayormente aglutinadas en la Cámara Minera de México (Camimex), adoptan regulaciones internacionales, principalmente las canadienses.

“Sigue siendo responsabilidad de nosotros. Aunque la concesión ya no la estés usando o hayas dado por terminados tus trabajos, siguen siendo responsable por los siglos de los siglos de la concesión y del lugar que ocupaste”, dice en entrevista con Expansión.

La Dirección General de Desarrollo Minero de la Secretaría de Economía ubicó en 2021 unas 159 empresas con capital extranjero operando en 26 estados, con un total de 1,209 proyectos, de los cuales, 822 están detenidos y nueve operaciones se reportaron en cierre.

Hoy, la regulación en torno a la remedicación está fragmentada en varias Normas Oficiales Mexicanas (NOM) que cubren solo algunos aspectos muy específicos. Por ejemplo, la NOM-141-SEMARNAT-2003 establece el procedimiento para caracterizar los jales, la NOM-155-SEMARNAT-2007 sobre los requisitos de protección ambiental para los sistemas de lixiviación de minerales de oro y plata y la NOM-157-SEMARNAT-2009 marca los elementos y procedimientos para instrumentar planes de manejo de residuos mineros, entre otros.

Fernando Alanís, expresidente de la Camimex, opina que un mayor robustecimiento en aquellas regulaciones relacionadas al desarrollo de las operaciones, desembocaría en cierres exitosos en cada complejo. Pero es necesaria una perspectiva holística, no fragmentada. “No creo que deba crearse una NOM más”, dice a Expansión.

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De “pueblos fantasma” a localidades en desarrollo

A 14 años de haber iniciado operaciones en la mina El Castillo en Durango, la filial mexicana de la compañía canadiense Argonaut Gold, presentó el pasado mes de agosto su plan de cierre para el complejo, del cual obtuvo una producción acumulada de 799,502 onzas de oro.

Este plan de cierre, contempla una inversión aproximada de 9 millones de dólares, destinados a la remediación del entorno, además de la habilitación de instalaciones, como oficinas, para que los habitantes puedan usarlas.

Alfredo Phillips, vicepresidente de asuntos corporativos y Environmental, Social and Governance de Argonaut Gold, destaca en entrevista con Expansión que tras el cierre de una mina, las localidades aledañas se convierten en “pueblos fantasma”, al retirarse su principal fuente de recursos, por lo que este plan de cierre busca darles un futuro.

Uno de estos “pueblos fantasma” más conocidos en México es el ubicado en Concepción del Oro, en el semidesierto de Zacatecas, conocido como Aranzazú. Tras haber vivido un auge minero en producción de oro el siglo pasado, hoy en día no existe una cifra exacta sobre los habitantes del lugar, sin embargo, algunos datos apuntan que conserva menos de 10 habitantes.

Luis Humberto Vázquez, quien también se desempeña como director de minas de Grupo Peñoles, subraya que la firma de origen mexicano también ha buscado hacerle frente a estos “pueblos fantasma” a través de distintas actividades.

En 1992 la compañía inició el proceso de explotación, principalmente de zinc, del distrito minero de Bismark, en Chihuahua. Luego de haber tenido una capacidad instalada de 800,000 toneladas de mineral molido anual, el complejo cerró en mayo de 2020.

“Tenemos gente de planta, reforestando, cuidando nuestros depósitos de jales”, sostiene Vázquez.

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