Publicidad
Publicidad

Profeco llevará defensa de equipaje de mano hasta la Suprema Corte de Justicia

La Procuraduría Federal del Consumidor contestó a Viva Aerobus que el asunto no está terminado y que defenderá el derecho de los viajeros a llevar un equipaje de hasta 10 kilos sin costo adicional.
jue 15 diciembre 2022 10:10 AM
Profeco llevará defensa de equipaje de mano hasta la Suprema Corte de Justicia
Tras esta resolución, tal alerta queda sin efecto y todos los pasajeros podrán seguir disfrutando de las ventajas de viajar ligero y ahorrando más con este tipo de modalidades de viaje, indicó la aerolínea en un comunicado, el miércoles.
Publicidad

La Profeco reitera que la comercialización de vuelos con tarifas que no incluyen el derecho a transportar equipaje de mano y establecen cargos adicionales por dicho equipaje, como los de la llamada tarifa cero de VivaAerobus, constituyen una práctica que lesiona los intereses y derechos de los pasajeros y por ende, una afectación a la economía de una colectividad de consumidores, señaló en un comunicado.

En este sentido, la Profeco hizo un llamado a denunciar y formalizar quejas por esta práctica abusiva, dado que la aerolínea en cuestión pretende confundir a los pasajeros en esta temporada vacacional, haciéndoles creer que tiene el derecho de cobrarles equipaje de mano.

En diciembre de 2021, la Profeco emitió una Alerta a los consumidores, ya que VivaAerobús comercializa vuelos con tarifas que no incluyen el derecho a transportar equipaje de mano.

En respuesta, Viva Aerobus interpuso un Amparo en Revisión, el cual fue otorgado por la autoridad judicial competente:

“De acuerdo con la sentencia de la autoridad judicial, se determinó que los pasajeros pueden acceder a dichas tarifas preferenciales ya sea si deciden renunciar a su derecho de transportar equipaje de mano o equipaje documentado”, informó la compañía en un comunicado, el miércoles.

Para la aerolínea, la oferta de su Tarifa Zero tiene respaldo en el Capítulo X Bis de los derechos y las obligaciones de los pasajeros, Artículo 47 Bis, Apartado X, que refiere que, en caso de que el pasajero decida viajar sin equipaje, la aerolínea “podrá ofertar una tarifa preferencial en beneficio del pasajero”.

Publicidad

"No obstante, es necesario hacer del conocimiento de los consumidores y de la opinión pública, que a través de un procedimiento diverso a la Alerta mencionada, la Procuraduría sancionó económicamente a la empresa y ordenó suspender la práctica consistente en ofrecer tarifas que no contemplan el derecho a transportar equipaje de mano", detalló la Profeco.

Dicha sanción y el criterio que tiene esta Autoridad sobre el equipaje de mano y su inherencia al servicio aéreo, fueron declarados válidos por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, quien reconoció la legalidad de los argumentos emitidos por esta Procuraduría en defensa de los derechos de los consumidores.

Viva Aerobus puede seguir impugnando

No se omite referir que en contra de dicha validez la proveedora aún cuenta con medios de impugnación pendientes por agotar; y hasta en tanto, se continuará aplicando lo dictado mediante sentencia 434/2018 de la Primera Sala de la SCJN.

Sin perjuicio de lo anterior, esta Procuraduría buscará hacer llegar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación el presente caso para que revise la correcta interpretación que realizarán en su momento los juzgadores respecto a la constitucionalidad de diversos artículos de la Ley de Aviación Civil, y que éstas correspondan al criterio ya asentado por el Tribunal Máximo mediante la sentencia señalada en el párrafo anterior.

Publicidad

Newsletter

Únete a nuestra comunidad. Te mandaremos una selección de nuestras historias.

Publicidad

Publicidad