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El acuerdo de la CRE que palomea a los ciclos combinados como 'limpios'

El sector de energías renovables denuncia que el acuerdo aprobado por la CRE en realidad busca incrementar artificialmente la cantidad de energía limpia en el sistema eléctrico.
vie 26 mayo 2023 04:39 PM
Ciclo combinado CFE
La Comisión Federal de Electricidad (CFE) opera actualmente un total de 44 centrales de ciclo combinado en México, que en total generan más del 57% de la energía eléctrica en México.

La Comisión Reguladora de Energía (CRE) ha aprobado un acuerdo que actualiza los valores de referencia y los criterios utilizados para calcular la eficiencia de los sistemas de cogeneración de energía eléctrica. En particular, se ha incluido a los ciclos combinados, una tecnología utilizada en varias de las centrales de la estatal CFE, como elegibles para recibir Certificados de Energías Limpias (CELs).

El acuerdo, aprobado por la CRE el 24 de mayo y publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) dos días después, establece que la medida busca "impulsar el desarrollo de proyectos de generación de energía eléctrica a partir de fuentes limpias", como la cogeneración eficiente, y promover la participación activa de los sectores público, social y privado en la implementación de proyectos energéticos eficientes.

Pero el sector de energías renovables denuncia que el acuerdo aprobado por la CRE en realidad busca incrementar artificialmente la cantidad de energía limpia en el sistema eléctrico. Esto se debe a que considera como energía libre de combustible a parte de la generación con gas natural en centrales de ciclo combinado, otorgándole Certificados de Energías Limpias (CELs).

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Los CELs fueron implementados en la legislación nacional en 2014 como un mecanismo para promover la reducción de carbono en la matriz energética y aumentar el porcentaje de electricidad proveniente de fuentes no fósiles, estableciendo metas de 20% en 2018 y 35% en 2024.

Pero para garantizar su efectividad como indicador del progreso en este proceso, la legislación estableció requisitos incrementales anuales para los consumidores de energía y excluyó a la generación con ciclos combinados de gas natural como una tecnología que contribuye a la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.

La CFE opera actualmente un total de 44 centrales de ciclo combinado en México, que en total generan más del 57% de la energía eléctrica en México.

El sector de las renovables rechaza el acuerdo

La Asociación Mexicana de Energía Eólica (AMDEE) y la Asociación Mexicana de Energía Solar (ASOLMEX) dijeron en un comunicado que la decisión de la CRE "ha cambiado por completo los supuestos y mecanismos previstos para impulsar la transición energética" y ha generado preocupación al socavar el marco institucional que organiza y guía los esfuerzos de mitigación de emisiones, los cuales están destinados a garantizar un medio ambiente saludable para los ciudadanos mexicanos.

Dentro de las modificaciones planteadas en el acuerdo, destaca la inclusión de nuevas disposiciones y definiciones. Se han agregado criterios específicos que deben cumplirse para considerar a un proyecto como cogeneración eficiente. Por ejemplo, se establece que la electricidad generada debe destinarse a satisfacer las necesidades de establecimientos asociados a la cogeneración, siempre y cuando se mejore la eficiencia energética y económica en comparación con las plantas de generación convencionales.

Además, se ha incorporado el concepto de "Energía Libre de Combustible" (ELC), que se refiere a la energía eléctrica atribuible al uso de energía limpia en cada caso, de acuerdo con los parámetros establecidos en la metodología.

La Asociación Mexicana de Energía Eólica y la Asociación Mexicana de Energía Solar hicieron un llamado urgente para fortalecer los mecanismos de descarbonización en el suministro eléctrico y respetar los instrumentos contemplados en el marco legal vigente para lograr estos objetivos.

¿Ola de amparos a la vista?

El acuerdo establece que cualquier impugnación de este acto administrativo deberá realizarse a través del juicio de amparo indirecto, de acuerdo con lo establecido por el artículo 27 de la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética, ante los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial de la Federación, dentro del plazo establecido en la Ley de Amparo.

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