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Estas empresas están exentas del reparto de utilidades 2025

Las utilidades (PTU) son un derecho constitucional para las y los trabajadores mexicanos, y las empresas están obligadas a repartirlas, aunque existen excepciones.
jue 20 febrero 2025 03:26 PM
Estas empresas están exentas del reparto de utilidades 2025
Las utilidades son derecho constitucional de la población trabajadora, que proporciona un trabajo personal subordinado a una persona física o moral a cambio de un salario, por lo que tiene derecho a participar de las ganancias obtenidas por el patrón o la empresa, siempre y cuando éstas se generen.

Las utilidades son parte de los derechos constitucionales de la población trabajadora en México, que corresponde a una parte de las ganancias de las empresas o patrón por el trabajo de cada uno de sus empleados.

Por ello, los patrones deben realizar su reparto. Sin embargo, existen excepciones.

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Según la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), los trabajadores tienen derecho a recibir este pago anualmente, siempre que la empresa haya generado utilidades netas de al menos 300,000 pesos y tenga más de un año en funcionamiento.

El reparto de utilidades (PTU) debe realizarse a más tardar el 30 de mayo de cada año para trabajadores que laboran en una empresa (o persona moral). En el caso de los trabajadores de una persona física, el límite es el 29 de junio.

Existen condiciones tanto para patrones como trabajadores para que no reciban o repartan este monto.

¿Qué empresas no pagan utilidades en México?

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), así como el Servicio de Administración Tributaria (SAT) compartieron cuáles son los casos de empleadores que no reparten utilidades:

- Empresas de nueva creación, durante el primer año de funcionamiento.
- Empresas de nueva creación, que se dedican a la elaboración de un producto novedoso, durante los primeros años de funcionamiento.
- Empresas de la industria extractiva de nueva creación, durante el periodo de exploración.
- Instituciones de asistencia privada reconocidas por leyes, que no tengan fines de lucro.
- El IMSS e instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
- Empresas cuyo ingreso anual declarado al impuesto sobre la renta no sea superior a 300 mil pesos.

Las empresas que no coincidan con alguno de estos casos, están obligadas a repartir utilidades a todas las unidades económicas o distribución de bienes y servicios, según la Ley Federal del Trabajo.

Trabajadores que no reciben utilidades

También existen casos en que las personas que prestan sus servicios a un empleador no reciben utilidades. La Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) menciona que se trata de:

- Trabajadores domésticos;
- Directores, administradores y gerentes generales;
- Socios o accionistas;
- Profesionistas, artesanos, técnicos y otros que prestan servicios mediante el pago de honorarios.
Trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días durante el año que corresponda.

Multa por no pagar utilidades

Si tu empresa o empleador no cumple con el pago de utilidades, puedes acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Prodecon) para denunciar. Las multas por incumplimiento van de los 50 a los 5000 salarios mínimos vigentes, según lo señala la LFT.

Puedes mandar tus dudas o comentarios al correo atencionalcontribuyente@prodecon.gob.mx , o llamar al número de atención ciudadana 800 611 0190 o al 800 611 0190.

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