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Entran en vigor las reformas a la Ley del Infonavit y FOVISSSTE

Entre los beneficios para los derechohabientes del Estado e iniciativa privada está el obtener créditos de manera directa, sin intermediarios.
mié 16 diciembre 2020 11:57 AM
Reforma Infonavit FOVISSSTE
Los trabajadores podrán adquirir créditos subsecuentes, una vez liquidado el primer préstamo.

Este miércoles se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto que reforma las leyes del Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores (Infonavit) y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

Los trabajadores derechohabientes tanto del IMSS como del ISSSTE ahora podrán recibir los créditos “directamente y sin intermediarios”, sostiene el decreto.

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Asimismo, los trabajadores podrán elegir si utilizan su crédito para la compra de una vivienda nueva o usada (crédito tradicional), para la compra de un terreno destinado a la construcción de vivienda, así como para la reparación, ampliación o para mejoras habitacionales y para pago o refinanciamiento de un crédito.

En el caso del Infonavit, los derechohabientes podrán solicitar créditos subsecuentes, una vez que hayan liquidado el préstamo previo.

“El Consejo de Administración mediante determinará: los montos máximos de los créditos que otorgue el Instituto, en función de, entre otros factores, los ingresos de los trabajadores acreditados, así como el precio máximo de venta del suelo y habitaciones cuya adquisición o construcción pueda ser objeto de los créditos citados”, detalla el decreto.

Mientras que para el FOVISSSTE “estos préstamos se harán hasta por dos ocasiones, una vez que el primer crédito se encuentre totalmente liquidado”.

Estas reformas entrarán en vigor el 17 de diciembre, un día después de su publicación en el DOF, y tanto Infonavit como FOVISSSTE tendrán 120 días para expedir las reglas de otorgamiento de créditos, según establecen los artículos transitorios.

En el mismo lapso, la Secretaría de Hacienda, a través de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), emitirá las modificaciones a las disposiciones de carácter general que sean necesarias para instrumentar las reformas.

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