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El SAT no requiere de e.firma si saldo a favor es menor a esta cantidad

Del 1 al 30 de abril es el periodo de declaración fiscal, en la que el organismo pone a disposición de contribuyentes diferentes herramientas.
jue 31 marzo 2022 07:16 PM
e firma del sat
La e.firma es un archivo electrónico indispensable para realizar diversos trámites a través del portal del SAT.

Esta por comenzar el periodo para presentar la declaración anual 2021 por lo que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) presentó algunas mejoras e innovaciones con la finalidad de que sea más accesible cumplir con este trámite.

Uno de ellos es que no se necesitará de la firma electrónica (e.firma) si es que el contribuyente obtenga un saldo menor a los 150,000 pesos, de acuerdo con lo detallado por el organismo en un comunicado.

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En caso de modificar la cuenta CLABE o si el saldo a favor es mayor a 150,000 pesos, sí requerirás de la e.firma.

El SAT detalló que las personas físicas podrán presentar su declaración anual a través de las siguientes herramientas:

Oficina Virtual

Esta herramienta sirve para recibir asesoría y orientación en línea sin salir de casa. Los contribuyentes únicamente necesitan su firma electrónica o contraseña. Para generar una cita deben ingresar a Citas SAT.

OrientaSAT

Esta herramienta ayuda a resolver dudas y está disponible las 24 horas del día, los 365 días del año, en el portal del SAT y en el minisitio de declaración anual 2021.

Además, a partir del 1 de abril, habilitará la herramienta OrientaSAT a través de MarcaSAT 55 6272 2728, que tendrá un asistente virtual conversacional.

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El SAT extenderá sus horarios de atención

Para brindar los servicios necesarios y facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes, el SAT también informó que extenderá los horarios de atención en sus oficinas durante los días hábiles de abril, de 8:30 a 18:00 horas. Los sábados 2, 9, 23 y 30 de abril de 9:00 a 16:00 horas.

El SAT indicó que la fecha límite para que las personas físicas obligadas presenten su declaración anual es el 30 de abril.

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