¿Que és el Régimen de Ingresos por Intereses?
Es aquel en el que las personas físicas obtienen ingresos que les pagan las instituciones bancarias, de seguros y financieras, derivados de cuentas o inversiones bancarias, conocidos como intereses, detalla el SAT.
Así que si recibiste pagos por concepto de intereses reales (es decir arriba de la inflación) estás en este régimen.
¿Debo declararlos ante el fisco?
Sí, excepto aquellos contribuyentes que únicamente obtengan ingresos acumulables por intereses que no excedan de 100,000 pesos y tomen la opción de considerar la retención efectuada, como pago definitivo.
El SAT señala que este monto se acumula a los otros ingresos que hayas recibido en el ejercicio fiscal.
Si tus ingresos por intereses reales no superaron los 100,000 pesos y ya te realizó las retenciones la institución financiera no estás obligado a presentar la declaración anual. Sin embargo, recuerda conservar la documentación relacionada con los intereses como son los estados de cuenta y la constancia de retenciones.
¿Cuáles son los ingresos a los se les aplica el mismo tratamiento de intereses para efectos fiscales?
A los pagos efectuados por las instituciones de seguros a los asegurados o a sus beneficiarios, por los retiros parciales o totales que realicen de las primas pagadas, o de los rendimientos, así como a los pagos que efectúen a los asegurados o a sus beneficiarios en el caso de seguros cuyo riesgo amparado sea la supervivencia del asegurado.
¿Y qué puedo deducir?
Como persona física podrás considerar en tu Declaración Anual deducciones personales como gastos médicos, hospitalarios, dentales, intereses por créditos hipotecarios, entre otros. Y si obtienes saldo a favor, puedes solicitarlo en devolución.