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¿Terminó tu relación de unión libre? Esto pasará con los bienes adquiridos

Si estás en concubinato y adquieres una propiedad, existen formas legales para protegerla ante una posible separación.
mar 01 abril 2025 05:55 AM
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Si estás en concubinato y adquieres una propiedad, existen formas legales para protegerla ante una posible separación.

Nada es para siempre reza el dicho popular y que bien puede aplicarse a las cuestiones de pareja.

Más de 19 millones de mexicanos aseguran vivir en unión libre, situación que conlleva a tener derechos y obligaciones para ambas partes. Sin embargo cuando la relación llega a su fin, nacen dudas sobre el futuro de los bienes que se adquirieron durante la relación.

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Los derechos del concubinato se han equiparado, pero no son idénticos

Aunque la unión libre no requiere formalizarse con un acta, sí se reconoce jurídicamente como una relación familiar. Andrea Blancas, especialista en litigio civil y familiar, explica que el concubinato genera relaciones jurídicas familiares. Incluso el artículo 138 de la constitución de la CDMX reconoce esta figura junto con el matrimonio y el parentesco.

Para Valente Arizabalo, abogado especializado en derecho civil, los derechos y las obligaciones del concubinato pueden ser los mismos que los del matrimonio debido a la evolución jurídica que pretende eliminar desventajas patrimoniales.

Según el Inegi, 19% de la población de 15 años o más vive en unión libre y este tipo de convivencia predomina entre personas de 30 a 59 años, donde alcanza una tasa del 23.3%.

Cómo proteger tus propiedades durante la relación

Una propiedad comprada por uno de los integrantes de la pareja no siempre queda protegida con solo ponerla al nombre de uno de ellos, por lo que la manera más segura de blindarla es que ambos sean copropietarios, especialmente si los dos contribuyeron al pago.

En caso de que solo una persona la haya adquirido, se puede proteger registrándola, pero si la otra parte demuestra haber aportado al pago, puede solicitar una indemnización. “El hecho de que tú hayas comprado la casa no evita que tu pareja reclame una compensación si aportó dinero”, detalla Andrea Blancas.

Los entrevistados consideran adecuado platicar desde el inicio de la unión cómo se manejará el patrimonio futuro.

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El desequilibrio patrimonial sí puede generar compensaciones

Uno de los criterios que suelen usar los jueces para conceder una compensación es el rol que cada persona desempeñó en la relación. Si uno de los dos se dedicó preponderantemente al cuidado del hogar y de los hijos, tendrá derecho a pedir una compensación respecto de los bienes adquiridos durante la unión libre, señala Arizabalo.

Esta compensación solo aplica para lo adquirido mientras duró la relación.

"Tú puedes firmar un convenio con tu pareja, pero si ese acuerdo genera un desequilibrio no servirá de nada. Los derechos humanos, como la vida patrimonial digna, prevalecen”, asegura el abogado.

Otro error común es no conservar documentos que acrediten la propiedad o la aportación en la compra. “Muchísima gente no guarda los comprobantes del pago del inmueble y cuando se separan dependen de la buena voluntad del otro para reconocer su aportación”, señala por su parte Andrea Blancas.

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Algunos usan prestanombres, pero es una práctica riesgosa

Ante el temor de perder un bien en caso de separación, las personas optan por registrar propiedades a nombre de terceros. Y aunque esta práctica puede tener una efectividad legal, también conlleva riesgos.

Arizabalo advierte que esta estrategia se considera una simulación jurídica: “No la recomendamos. Si se demuestra que se usó para evadir responsabilidades patrimoniales puede ser impugnada. Lo ideal es que la pareja plantee desde el inicio cómo se va a construir su patrimonio, de forma clara y equitativa”.

¿Qué pasa con los hijos?

Los especialistas entrevistados coinciden en que los hijos tienen derechos independientes. El tema patrimonial es de la pareja. Los hijos tienen derecho a manutención y cuidado, pero no a los bienes adquiridos durante la relación.

“El derecho a pensión alimenticia está regulado tanto en el matrimonio como en el concubinato. El concubino que no tenga ingresos puede pedir pensión al otro, incluso después de la separación”, explica Blancas.

¿Hay un plazo para reclamar derechos patrimoniales?

Aunque algunos códigos estatales marcaban límites de tiempo, estos han sido modificados. En la Ciudad de México, ya no existe un periodo para reclamar. Se puede pedir la pensión alimenticia o compensación sin un plazo fijo.

Lo que sí puede impedirlo es que entres en otra relación formal: “Si ya estás en otra relación de concubinato, ya no puedes reclamar lo que no pediste en la anterior”, dice la abogada.

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