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Aguinaldo en efectivo, en vales o en especie: qué es legal y qué no

La normativa laboral define quién recibe aguinaldo, cómo se calcula y qué medios de pago son válidos. Estos son los puntos clave.
mié 19 noviembre 2025 12:28 PM
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Algunos centros de trabajo ofrecen vales, productos o tarjetas, pero no siempre queda claro qué permite la Ley Federal del Trabajo y qué debe considerarse un incumplimiento. (Andrzej Rostek/Getty Images)

Se acerca la fecha límite para el pago del aguinaldo y surgen dudas sobre montos, fechas y, sobre todo, la forma en que debe pagarse esta prestación. Algunos centros de trabajo ofrecen vales, productos o tarjetas, pero no siempre queda claro qué permite la Ley Federal del Trabajo y qué debe considerarse un incumplimiento.

Te dejamos todos los detalles sobre esta prestación según la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET).

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Quién tiene derecho a aguinaldo y cuándo deben pagarlo

De conformidad con la reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) de 1970, toda persona que mantiene una relación laboral subordinada con un patrón tiene derecho a recibir aguinaldo. Esto incluye trabajadoras y trabajadores de base, de confianza, de planta, sindicalizados, contratados por obra o tiempo determinado, eventuales, comisionistas, agentes de comercio, de seguros, vendedores y figuras semejantes.

El aguinaldo debe pagarse cada año antes del 20 de diciembre. La ley obliga al patrón a cubrir esa fecha límite; el retraso o la omisión generan responsabilidades y posibles sanciones.

Quienes no hayan cumplido un año de servicio también tienen derecho a recibir la parte proporcional, sin importar si siguen laborando o si la relación de trabajo terminó antes de la fecha de pago.

¿Es legal que el aguinaldo te lo paguen en vales o en especie?

PROFEDET precisa que tanto el aguinaldo como el salario deben pagarse en efectivo y en moneda de curso legal. También se permite el uso de depósito en cuenta bancaria, tarjeta de débito, transferencias u otros medios electrónicos, siempre que exista consentimiento de la persona trabajadora.

Los costos o comisiones derivados del uso de cuentas, tarjetas o plataformas electrónicas deben ser cubiertos por las personas empleadoras. El uso de estos medios no puede traducirse en un descuento indirecto del aguinaldo o del salario para la persona trabajadora.

Si un patrón pretende entregar el aguinaldo solo en especie o mediante vales, sin respaldo en dinero, se trata de un cumplimiento incorrecto y puede ser objeto de reclamación ante las instancias laborales correspondientes.

Así calculas cuánto te toca de aguinaldo

Para determinar el monto es necesario conocer dos datos clave: salario actual y tiempo laborado.

La fórmula general consiste en obtener el valor de un día de salario y multiplicarlo por los días trabajados, considerando como base los 15 días mínimos establecidos.

Si una persona gana 15,000 pesos al mes, primero se calcula el equivalente a los 15 días. La mitad del salario mensual es 7,500 pesos. Esa cantidad debe dividirse entre los 365 días del año, lo que da como resultado 20.547 pesos por día trabajado. A partir de esa cifra se pueden obtener diferentes escenarios:

Si se trabajó un mes de 30 días:

20.547 pesos × 30 días = 616.41 pesos.

Si se trabajaron seis meses (182 días):

20.547 pesos × 182 días = 3,740.45 pesos.

Si se trabajó el año completo:

Corresponden 7,500 pesos calculados como la mitad del salario mensual.

Cuando se acumulan más de doce meses en la misma empresa, el pago continúa calculándose sobre 15 días de salario por año trabajado. El derecho no se incrementa por antigüedad salvo que la empresa otorgue condiciones internas distintas.

Qué hacer si no te pagan aguinaldo o lo recibes incompleto

La ley contempla sanciones para los patrones que incumplen con el pago del aguinaldo en tiempo y forma. Las multas pueden ir de 50 a 500 veces la UMA.

Quien no reciba el aguinaldo o lo obtenga de manera incompleta cuenta con un año a partir del 20 de diciembre para reclamar ante las instancias laborales correspondientes. Se puede acudir a Juntas de Conciliación y Arbitraje federales o locales, Tribunales Laborales y, en su caso, al Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.

Trabajadoras, trabajadores, sindicatos, federaciones y confederaciones pueden denunciar violaciones relacionadas con el aguinaldo. Incluso en casos sin contrato escrito o esquemas cercanos al freelance, si existe una relación de subordinación comprobable, el patrón debe cubrir esta prestación.

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