¿Qué pasa si me despiden cuando estoy cerca de cumplir con mis semanas cotizadas para el trámite de jubilación?
En el caso de los trabajadores que están cerca de cumplir con el mínimo de semanas cotizadas para iniciar con la edad de jubilación, puede resultar aún más frustrante, aunque es necesario precisar que al momento del despido, las semanas cotizadas permanecen guardadas en el historial del IMSS.
Esto significa que el tiempo que el trabajador ha cotizado ante el IMSS no se ve afectado.
Es importante precisar que después del despido, el IMSS otorga un “periodo de gracia” que es igual a la cuarta parte del total de semanas acumuladas hasta el momento, contando a partir de la fecha en que el patrón hizo la baja.
De este modo, si un trabajador acumuló 490 semanas en el esquema de la Ley 73, la cuarta parte es 122.5, que será el equivalente al periodo de gracia.
Si el trabajador ya cuenta con la edad mínima para jubilarse, una alternativa es iniciar con el trámite de pensión.
En caso contrario, si pasa el tiempo y vence la conservación de derechos, no se perderán las semanas acumuladas, pero el trabajador tendrá que volver a laborar para un nuevo patrón.
¿Es posible que me “descuenten” semanas cotizadas?
En el caso de los trabajadores que cotizan al IMSS bajo la Ley 97 , sí existe una modalidad en la que pueden ver afectadas sus semanas cotizadas, y es realizando el retiro parcial por desempleo.
En caso de que un trabajador realice un retiro por desempleo, se le descontarán las semanas cotizadas equivalentes a la cantidad entregada, lo que podría afectar la futura pensión.
En este caso, el trabajador puede reintegrar los recursos retirados a la cuenta Afore y así recuperar las semanas cotizadas que fueron descontadas.