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Los bancos estrenan una nueva forma de confirmar tu identidad por SMS y debes saber cómo funciona

La medida entró en vigor este miércoles 2 de septiembre y amplía las opciones que tienen las instituciones para entregar códigos de autenticación a sus clientes.
Celular en una mesa de madera, en la pantalla se ve una notificiación de un mensaje sms del banco.
Si utilizas ciertos servicios financieros digitales, ahora podrías recibir en tu celular el código que confirma tu identidad antes de completar una operación. (Meta AI/Expansión)

A partir de este miércoles 2 de septiembre, las instituciones de crédito pueden enviar por SMS uno de los códigos que sirven para comprobar la identidad de sus clientes cuando realizan determinadas operaciones.

Esto significa que, en ciertos servicios, el banco o el intermediario financiero podrá pedirte un código que llegará directamente a tu celular por mensaje de texto. El objetivo es añadir una comprobación antes de permitir que se complete la operación.

La modificación fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) y entró en vigor al día siguiente.

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¿Qué cambia para los clientes?

La principal modificación es la forma en que se comprueba que una persona es titular.

La regulación bancaria establece distintos factores de autenticación, es decir, mecanismos que permiten verificar la identidad del cliente antes de autorizar determinadas operaciones.

Con la nueva disposición, el número de celular habilitado para recibir mensajes SMS se incorpora como una de las vías permitidas para enviar el factor de autenticación categoría 3.

Esto implica que si una operación requiere ese código, podrá recibirlo mediante un mensaje de texto en el número de celular que tenga registrado.


¿En qué operaciones puede utilizarse?

El cambio no aplica para cualquier operación que pueda hacerse desde una aplicación bancaria.

La disposición se refiere a los servicios que ofrecen los comisionistas de base tecnológica, es decir, intermediarios que pueden prestar determinados servicios financieros por medios digitales bajo las condiciones establecidas por la regulación.

Entre las operaciones contempladas están la apertura de determinadas cuentas de nivel 2 y las transferencias relacionadas con ellas; créditos de hasta 3,000 UDIS, lo que equivale a 26,434.79 pesos mexicanos; pagos de bienes y servicios, así como consultas de saldos y movimientos de productos financieros contratados mediante estos comisionistas.

Una vez que la tarjeta tenga el respaldo de MasterCard será aceptada en establecimientos con terminal punto de venta. (Foto: Thinkstock)
El SMS se incorpora como una vía permitida para entregar un factor de autenticación de categoría 3 en determinadas operaciones. (Thinkstock)

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¿El SMS sustituye la contraseña o todos los mecanismos de seguridad?

La reforma no elimina los demás mecanismos de autenticación ni establece que un mensaje de texto será suficiente para comprobar la identidad del cliente en todas las operaciones.

La regulación mantiene diferentes categorías de factores de autenticación, dependiendo del servicio y del nivel de seguridad requerido.

De hecho, para las consultas de saldo y movimientos existe una excepción, ya que las instituciones pueden requerir únicamente un factor de autenticación de categoría 2.

¿Qué pasa si cambio mi número de celular?

El número telefónico utilizado para recibir estos mensajes forma parte de los datos que el cliente puede modificar bajo las condiciones establecidas por la institución.

La regulación también señala que el cliente debe tener la posibilidad de modificar su factor de autenticación de categoría 2 y el medio de contacto utilizado para estos fines mediante un enlace visible desde el sitio o aplicación del comisionista hacia la infraestructura tecnológica de la institución de crédito.

Esto busca que el usuario tenga una vía para actualizar sus datos y administrar los mecanismos mediante los cuales se autentifica.

¿Por qué hicieron este cambio?

La CNBV señala que la modificación está relacionada con la política de inclusión financiera y con la necesidad de ampliar las alternativas disponibles para realizar operaciones mediante canales digitales.

Antes de este cambio, la regulación contemplaba que el factor de autenticación de categoría 3 fuera enviado mediante correo electrónico o servicios de mensajería instantánea cifrada.

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Ahora también se reconoce el SMS como una vía permitida para entregar ese factor.

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