Honduras, que prohibía esta práctica incluido en los casos de violación, incesto, malformación grave del feto y peligro vital para la madre, aprobó en enero de 2021 una reforma constitucional que endurece más la legislación.
El artículo 67 de la Constitución revisada establece que toda interrupción del embarazo "por la madre o por un tercero" se considera "prohibida e ilegal", y añade que esta cláusula "solo podrá reformarse por una mayoría de tres cuartas partes de los miembros del pleno del Congreso Nacional".
En Estados Unidos, el aborto estaba permitido por una resolución de la Corte Suprema llamada Roe vs. Wade, aprobada en 1973. Sin embargo, esta decisión fue revertida por la misma corte en junio de este año.
Después de este fallo, varios estados estadounidenses han implementado prohibiciones de aborto total o parcial.
En Europa, la ilegalización total es una excepción: existe en Malta, con penas que van de 18 meses a tres años de cárcel, y en los microestados de Andorra y del Vaticano.
En otros países, el aborto está sometido a condiciones extremadamente restrictivas.
El procedimiento es accesible únicamente en caso de peligro para la vida de la madre en Costa de Marfil, Libia, Uganda, Sudán del Sur, Irak, Líbano, Siria, Afganistán, Yemen, Bangladesh, Birmania, Sri Lanka, Guatemala, Paraguay o Venezuela.
En Brasil, el procedimiento está muy limitado solo en caso de violación, riesgo para la madre o grave malformación del feto.
En otros lados, este derecho da pasos atrás.
En Polonia, por ejemplo, el Tribunal Constitucional, respaldado por el gobierno populista de ultraderecha, proscribió en octubre de 2020 la interrupción voluntaria del embarazo en caso de malformación grave del feto. Ahora solo se permite en caso de violación o incesto o si la vida de la madre está en peligro.
Con información de AFP