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ONG pierde round en la Corte sobre etiquetado de alimentos y bebidas

La Segunda Sala desecha el proyecto por el que se amparaba a El Poder del Consumidor en contra de los lineamientos para el etiquetado nutrimental de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasadas.
mié 29 agosto 2018 06:07 PM
SCJN El Poder del Consumidor Suprema Corte etiquetado alimentos y bebidas
Nueva iniciativa. La ministra Margarita Ramos será la encargada de promover una iniciativa diferente a la del ministro Fernando Franco González Salas, quien proponía confirmar el amparo concedido a la ONG.

CIUDAD DE MÉXICO - La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó el proyecto por el que se amparaba a la organización civil El Poder del Consumidor (EPC), en contra de los lineamientos para el etiquetado nutrimental de los alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasadas.

Durante la sesión de este miércoles, la Segunda Sala del Alto Tribunal rechazó por mayoría de cuatro votos el proyecto de los etiquetados y lo turnó a la ministra Margarita Luna Ramos.

Ello significa que se hará una iniciativa diferente a la planteada por el ministro Fernando Franco González Salas, quien proponía confirmar el amparo que concedió un juez de Distrito a EPC en 2017, en contra de los lineamientos que deben observar los productores de alimentos y bebidas referidos.

Lee: Este es el debate en torno al etiquetado de alimentos en México

Lo anterior, para informar a los consumidores sobre el contenido de azucares añadidos en la etiqueta frontal de exhibición del producto, ya que la organización considera que la actual no es entendible.

EPC impugnó el artículo 25 del Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios, en la porción normativa que señala como base del cálculo del aporte energético de los productos 360 calorías para el rubro "azúcares totales".

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Además, los lineamientos que derivan de esta disposición, emitidos en 2014 por la Comisión Federal para la Protección de Riesgos Sanitarios (Cofepris).

La agrupación argumentó que el actual etiquetado viola los derechos a la información y a la salud, porque es incomprensible e induce al alto consumo de azúcares.

Además, sostuvo que incumple los criterios de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y de la Estrategia Nacional contra el Sobrepeso, Obesidad y Diabetes.

Consideró que la población mexicana sufre una de las mayores epidemias de obesidad y diabetes debido, principalmente al alto consumo de alimentos ultraprocesados y bebidas azucaradas.

El proyecto concedía la razón al demandante, al sostener que, en la normatividad impugnada, la Cofepris no distingue entre los azúcares intrínsecos de los alimentos, que no dañan la salud, y los azúcares agregados por los fabricantes, conocidos como azúcares libres.

Lee: Propuesta de etiquetado de EU en el TLCAN, un nuevo obstáculo

También cuestionaba la base de ingesta diaria recomendada de 360 calorías provenientes de azúcares, tanto intrínsecos como agregados, que la Cofepris empleó para el etiquetado.

Lo anterior, porque la OMS y la estrategia federal contra la obesidad sugieren una base de 200 calorías de azúcares agregados.

El nuevo proyecto que realice la ministra Luna Ramos tomará en cuenta la sólida evidencia científica y de la academia que demuestra que el actual etiquetado no es entendible para la población, por lo que en este caso la materia es muy sólida, afirmó el coordinador del área jurídica de la organización Javier Zúñiga, tras la decisión de la SCJN.

Lee: Una forma para que México combata la diabetes y la obesidad

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