No, esto no es contradictorio. La llamo Energía Social, entendida ésta como una visión transdogmática, es decir, sin categorías ni etiquetas propias de izquierda o derecha, público o privado, los beneficiados y los perdedores, pues en el gran proyecto de Nación, todos tienen que lograr el fin último de un sector más sólido, más rentable para el Estado, más promotor de creación de empleos bien remunerado, crecimiento económico y de oportunidades.
Ser soberano no quiere decir aislarse de los actores que pueden coadyuvar en lograr esa soberanía.
La soberanía no es ni puede ser sinónimo de monopolios estatales absolutos. La soberanía no es sinónimo de minar los empleos creados por las empresas privadas.
La soberanía es sólida solo en la medida en que ésta sea viable a largo plazo sin vulnerar otros fines del Estado como es garantizar seguridad pública, educación, salud, etc.
Hasta aquí el contexto, pero, ¿legalmente es posible? Para responder adecuadamente, tenemos que hablar el lenguaje del Derecho Energético.
Si hablamos por ejemplo de que México requiere de la ampliación de líneas de transmisión, renovar las antiguas, mejorar la infraestructura para disminuir las pérdidas de transmisión, incorporar sistemas y tecnologías que ahorren millones de pesos en la operación del sistema eléctrico nacional, tales como redes inteligentes (Smart grids) o tecnologías de corriente directa (HV-DC), el propio artículo 27 Constitucional señala que el servicio de transmisión y distribución queda reservada al Estado, pero que se pueden realizar alianzas con particulares.