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Paquete Económico 2021: fortalecimiento de los mecanismos de fiscalización

Donatarias autorizadas podrían perder su autorización en caso de que más del 50% de sus ingresos procedieran de actividades distintas a las de su objeto social, opinan Carlos Orel y Brenda García.
jue 26 noviembre 2020 12:01 AM

(Expansión) – El paquete económico para el ejercicio fiscal del 2021, que hace un par de semanas se aprobó en lo general y en los particular por ambas cámaras del Congreso de la Unión, considera más de 40 modificaciones al Código Fiscal de la Federación con el objetivo, entre otros, de fortalecer los mecanismos en el proceso de fiscalización.

Donatarias podrían enfrentar mayores costos administrativos

Es importante mencionar que las asociaciones dedicadas a la investigación científica o tecnológica y a la preservación de la flora o fauna silvestre, entre otras similares, deberán obtener autorización para recibir donativos deducibles para tributar como personas morales sin fines de lucro, ya que, de lo contrario, tendrán que pagar el ISR que les corresponda. Esto, evidentemente implicará mayores costos administrativos para cumplir con todas las reglas de transparencia y controles que deban tener como donatarias.

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Es importante señalar que, como parte de las modificaciones, las donatarias autorizadas podrían perder su autorización en caso de que más del 50% de sus ingresos procedieran de actividades distintas a las de su objeto social.

Nuevas restricciones a las devoluciones de saldos a favor

En el caso de las devoluciones de saldos a favor, cuando el contribuyente, o el domicilio registrado ante el RFC, se tengan como no localizados, será causa para dar como no presentada una solicitud de devolución y la misma no se tendrá la obligación de devolver.

Otra modificación, en este sentido, es que anteriormente el plazo para resolver una devolución una vez transcurrido el plazo para el ejercicio de las facultades de comprobación iniciadas al contribuyente era de 10 días, y ahora será de 20 días, porque se consideró que el plazo era muy reducido para emitir las resoluciones.

La Ley del IVA y los servicios digitales

En cuanto a las modificaciones a la Ley del IVA, entre las más relevantes se encuentran las relacionadas con servicios digitales. En este aspecto, los residentes en el extranjero sin establecimiento en México que ofrezcan servicios digitales en el país quedarán exentos de inscribirse al RFC, entre otras obligaciones, siempre y cuando presten servicios a través de plataformas de intermediación y estas sean las que realicen la retención y entero del impuesto.

Este podrá ser incluido en el precio ofertado. Asimismo, los residentes en el extranjero sin establecimiento en México que incumplan sus obligaciones fiscales se les bloqueará la señal de internet.

Asimismo, el Congreso aprobó la propuesta del Ejecutivo para que que la autoridad fiscal publique de manera periódica parámetros de referencia sobre la utilidad, deducciones o tasas efectivas de impuestos, incluyendo márgenes de utilidad, de acuerdo con determinados sectores económicos, para que los contribuyentes puedan tener una referencia y evaluar riesgos impositivos.

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Herramientas y Políticas Financieras para el Crecimiento

Sin embargo, el tema resulta sensible, porque cada negocio es diferente y tiene su propia manera de operar. Generalizar a través de las referencias publicadas puede ser desde muy razonable o totalmente fuera de la realidad que existe en el mercado.

A la luz de la experiencia internacional pueden existir otras medidas que incentiven la reactivación económica y que contribuyan a que más empresas sobrevivan a la crisis o no desaparezcan, tales como la deducción inmediata temporal o periodos de transición con respecto a la deducción de intereses, entre otros.

Nota del editor: Carlos Orel es socio de Análisis Técnicos Fiscales y Brenda García es socia de Política Fiscal en PwC México. Las opiniones publicadas en esta columna pertenecen exclusivamente a los autores.

Consulta más información sobre este y otros temas en el canal Opinión

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