En el ámbito laboral, uno de los temas que generan inquietud entre los trabajadores es la posibilidad de que su jefe pueda modificar su horario de trabajo sin previo aviso. Esta situación puede generar confusión y preocupación, ya que afecta la planificación de la vida cotidiana de los empleados. Para aclarar esta interrogante, es esencial analizar lo que establece la Ley Federal del Trabajo (LFT) en relación con los cambios de horario por parte de los empleadores. A continuación te damos todos los detalles.
¿Mi jefe puede cambiarme el horario sin previo aviso?
¿Me pueden cambiar el horario de trabajo sin previo aviso?
La LFT, en su Artículo 59, establece que los patrones y trabajadores tienen la facultad de fijar los horarios de trabajo dentro de los límites legales y con respeto a los derechos de los trabajadores. Esta facultad no implica que puedan cambiar el horario de trabajo de manera arbitraria y sin previo aviso.
Sin embargo, existen excepciones en las que el empleador puede modificar el horario sin previo aviso. Por ejemplo, en situaciones de emergencia o cuando se requiere cubrir una necesidad específica de la empresa, como la atención a un cliente importante o un problema de producción. Aun en estos casos, el empleador debe notificar al trabajador tan pronto como sea posible y buscar una solución que compense el cambio, como otorgar tiempo libre en otro momento.
¿Puedo negarme a un cambio de horario de trabajo?
De acuerdo con lo señalado por Enrique Rueda Santillán en su blog de LinkedIn, licenciado y maestro en derecho, si el patrón pretende cambiar la jornada de trabajo sin el consentimiento del trabajador, se puede concluir que el trabajador tiene el derecho de rescindir legalmente el vínculo laboral. Esto se debe a que se trata de causas graves con consecuencias similares en lo que respecta al trabajo, dado que el trabajador solo está obligado a prestar el servicio de acuerdo a lo convenido.
Bajo ninguna circunstancia se debe firmar el cambio de jornada de trabajo sin estar de acuerdo. Si el empleado es dado de baja por esta razón o le impiden ingresar a sus labores en horario normal, esto puede considerarse como un despido injustificado. En tal caso, se puede iniciar un "Procedimiento Conciliatorio" en los Centros de Conciliación Laboral.