Cuatro formas de morir sin deberle a nadie
Nadie está preparado para la muerte. Pese a la visión peculiar que se tiene en torno a ésta en la cultura mexicana, la realidad es que no nos gusta pensar que algún día, inevitablemente, llegará. Sólo 5% de los mexicanos hace un testamento, según los datos del Registro Nacional de Avisos de Testamento (Renat).
Carlos Lukac, director general de Grupo Gayosso, explica que, en México, la penetración de la previsión funeraria equivale a 1.5% de la población. No se trata de que a los mexicanos les cueste gastarse el dinero en esto, sino de lo complicado de abordar un tema sobre el que, en el fondo, no gusta mucho hablar. “Tener un plan de previsión es una forma de brindar seguridad y tranquilidad a las familias en momentos difíciles”, asegura.
Francisco Oliveros, CEO de Seguros Sura México, afirma que contar con una protección funeraria les permite a los familiares o seres queridos solventar los gastos de un sepelio, sobre todo, cuando no se tiene la protección de un seguro de vida individual. Lukac y Oliveros coinciden en que el costo de un servicio funerario puede oscilar entre 25,000 y 40,000 pesos.
seguro funerario
Algunas aseguradoras comercializan seguros de gastos funerarios, que cubren los costos del funeral del contratante de la póliza. Hay dos modalidades: reembolso hasta el límite de la suma asegurada de los gastos efectuados a quien presente los comprobantes de los mismos, o indemnización de la suma asegurada contratada al beneficiario de la póliza.
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El costo depende de varios factores, pero en el mercado hay desde las que cuestan 250 pesos mensuales, que amparan al titular, hasta las de 600 pesos mensuales por un producto familiar que incluye al titular, cónyuge e hijos menores de 25 años, y la suma asegurada es por 30,000 pesos.
La póliza no se hará válida cuando la causa de la muerte del titular sea suicidio en los primeros dos años de contratación. En algunas ocasiones, pueden aplicar periodos de espera. La póliza también se invalida en casos de dolo o mala fe.
previsión
Gayosso introdujo, en los años 70, el plan de previsión funerario, que ofrece el servicio funerario o un paquete integral, que incluye el servicio, el mausoleo y hasta la urna. El costo del servicio es de alrededor de 36,000 pesos, mientras que el integral cuesta 82,000. El plan es transferible: el titular podrá poner en el contrato a beneficiarios sustitutos que pueden decidir quién utiliza el paquete.
El IMSS también presta servicios funerarios a la población en sus 17 velatorios en 14 estados de la República. Sus paquetes básicos van desde 2,100 hasta 3,200 pesos, el pago puede ser en efectivo o con tarjeta. También ofrecen apoyo para la realización de los trámites.
en paz con hacienda
Si una persona fallece y le debe a Hacienda, las cuentas que dejó pendientes con el fisco deben pagarse con la herencia que dejó. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) señala que, en caso de adeudo, la autoridad procede a investigar los bienes o cuentas bancarias del fallecido para recuperar el importe al que asciende la deuda fiscal.
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nullEn caso de que exista un testamento o fideicomiso, el albacea o administrador del patrimonio debe organizar el pago de todas las deudas con la herencia. Incluso, si para ello es necesario organizar la venta de algunos bienes del fallecido a fin de reunir el importe.
no heredes deudas
¿Qué pasa cuando alguien fallece y deja un crédito activo? Según la Condusef, las deudas se pagan por medio de seguros, por lo que los familiares no están obligados a pagar, aunque existen excepciones. Los créditos hipotecarios y las tarjetas de crédito, en general, cuentan con un seguro de vida, que cubre la deuda cuando el titular fallece, pero, en el caso de los plásticos, no es válido si hay más de tres meses de atraso en el pago, o si se usan después del fallecimiento.
Es importante revisar, a la hora de firmar el crédito, que incluya este tipo de seguros. El caso de las tarjetas departamentales es diferente, pues siguen generando intereses. Por ello, es recomendable que alguien de confianza conozca dónde están tu testamento, tus pólizas y contratos de adhesión. En el caso de las deudas personales, si el acreedor tiene un pagaré firmado, puede exigir el cobro.
Nota del Editor: Este artículo se publicó en la revista Expansión 1222, que estará a la venta del 1 al 15 de noviembre.