6. Si obtienes un saldo a favor puedes enviar la declaración con la contraseña, si el monto no supera los 10,000 pesos, o bien, si el saldo es mayor a 10,000 pesos y hasta 150,000 pesos, siempre y cuando selecciones la CLABE interbancaria predeterminada en el aplicativo. Si el saldo a favor supera los 150,000 pesos es indispensable el uso de la firma electrónica.
Puedes checar el estado de tu devolución en el apartado de la página del SAT "Devoluciones y Compensaciones/Seguimiento de trámites y requerimientos".
La autoridad cuenta con un plazo de 20 días hábiles posteriores a la presentación de la solicitud de devolución para requerirte información adicional, y tiene un plazo máximo de 40 días hábiles para resolverla.
7. En caso de resultar impuesto a cargo, tendrás que pagar a través de un acuse que contendrá una línea de captura con el importe a pagar y la fecha límite de pago, la declaración se tendrá por presentada hasta que se efectúe el pago correspondiente, este puede realizarse mediante transferencia electrónica de fondos desde tu portal bancario.
Si no cuentas con los servicios de banca electrónica y realizas actividades empresariales y, si tus ingresos del año no excedieron de 2,455,520 pesos, o bien, no realizas actividades empresariales y tus ingresos del citado ejercicio fueron inferiores a 420,940 pesos, podrás efectuar el pago en ventanilla bancaria de las instituciones de crédito autorizadas.
8. Si te resulta un saldo a pagar y no te es posible efectuarlo en un solo pago, lo podrás realizar hasta en seis parcialidades, siempre que envíes la declaración y cubras la primer parcialidad antes del vencimiento del plazo establecido, selecciona dentro de la determinación del pago que “Opta por pagar en parcialidades”.
Esta facilidad queda sin efectos, si no se cubren en su totalidad las parcialidades en los plazos establecidos, por lo que las autoridades fiscales requerirán el pago inmediato del crédito fiscal.