Anteriormente, el fisco solía notificar a los contribuyentes por qué no procedían las devoluciones de impuestos, pero existía la posibilidad de enmendar las fallas y solicitar el dinero nuevamente hasta en varias ocasiones. Ahora, y como consecuencia de una jurisprudencia emitida el pasado 11 de julio , si la solicitud es negada ya no habrá oportunidad de pedirla nuevamente, salvo que las personas físicas o morales quieran defenderse ante el Tribunal Fiscal.
Se acabaron las segundas oportunidades en las devoluciones
Rolando Silva Briceño, vicepresidente de Fiscal del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), aclara que la medida no dificulta las devoluciones si se hacen bien desde la primera vez, sino que más bien se imposibilita: lo que ahora dice la resolución es que si el SAT responde con una negativa formal fundamentada, ya no se puede regresar con los datos corregidos y solicitar nuevamente la devolución, por lo que se tendría que impugnar a través del Poder Judicial, explica.
“Hay que hacer una acotación porque se habla de una respuesta formal (en términos fiscales). Podríamos entender que puede haber temas de forma donde el SAT diga que faltó un número en el RFC o en la dirección y que eso mantenga tu derecho a reintentar (tu devolución), pero que si te dice que falta un comprobante o que esta cantidad no me da, pues ya es una respuesta formal, por lo que no vamos a tener la oportunidad de volverla a presentar”, dice en entrevista.
Impugnar ante el Tribunal Fiscal también representaría un gasto extra para el contribuyente, porque si el monto que busca de devolución no es alto difícilmente se animará a gastar en una defensa legal.
(Se tendría que presentar) un medio de defensa ante un juez del Tribunal Fiscal y, por lo tanto, representa un costo que siempre va a ser importante. Si estoy pidiendo 10,000 pesos, seguramente no voy a contratar un abogado
Rolando Silva Briceño, vicepresidente de Fiscal del IMCP.
Luis Ramírez Mastache, gerente contable de Mica.Rent, comenta que la medida le permitirá al SAT ganar tiempo en materia de flujo de efectivo, ya que la autoridad tiene hasta cuatro meses para hacer efectiva la devolución después de una solicitud de corrección en caso de solicitarse.
“No es lo mismo darle a la gente 120 millones de pesos en 30 días que dar esos 120 millones en cuatro meses”, porque si yo presento mi declaración anual el 1 de abril, el SAT tiene hasta el 31 de julio para hacer efectiva dicha devolución, señala en entrevista.
Aclara que es importante revisar la causa de la negativa que dé el SAT, pues existe la posibilidad de que se pueda impugnar con un recurso de revocación y acceder a la devolución, siempre y cuando el error señalado sea de forma y no de fondo.
Retrasos en las devoluciones 2025
Este 2025 las devoluciones de impuestos de la declaración anual tardaron más tiempo en realizarse que en años anteriores. El SAT se demoró en depositar los saldos a favor, pues fue más estricto en la detección de discrepancias. Una de las inconsistencias más recurrentes fue la relacionada con la prestación de servicios médicos.
Cifras oficiales refieren que al cierre del 30 de abril, 6.63 millones de personas solicitaron saldos a favor, de las cuales habían revisado 4.66 millones declaraciones, lo que representa 70.2% del total.
Los especialistas consultados coinciden en que la jurisprudencia le permite al SAT tener claras las reglas del juego y exigir orden en las obligaciones fiscales, reducir la carga administrativa, evitar abusos por parte de terceros, así como un mayor involucramiento de los contribuyentes en sus declaraciones de impuestos.
Ramírez Mastache agrega que también representa un impacto para las personas que presentaban su declaración de impuestos de manera autodidacta, ya que pueden desalentarse cuando les rechacen sus devoluciones o si la plataforma del SAT no es amigable y clara con la información.
Es una pedrada bastante grande para la ciudadanía que hace lo posible por hacer bien las cosas, de solicitar una devolución que le corresponde de ley; si yo no fuera contador estaría desalentado y por lo tanto ese dinero de devolución ¿quién se lo queda?
Luis Ramírez Mastache, gerente contable de Mica.Rent.
Tener cuidado al elegir un contador
El vicepresidente de Fiscal del IMCP sugiere que las personas dediquen especial atención cuando estén en busca de un contador: "Cuando yo elijo a un contador es porque estará a cargo de mis obligaciones fiscales, y eso quiere decir que debería tener el mismo cuidado para elegir a un contador que para elegir a alguien que me va a operar; es decir, que tenga experiencia comprobable, referencias, sea ubicable y que esté regido por códigos de ética que van más allá de lo que la propia ley exige a un contador".
Por su parte, el gerente contable de Mica.Rent agrega que contratar a un fiscalista o un contador es una inversión, aunque ello no garantice que las peticiones de devoluciones sean exitosas todas las veces.
De acuerdo con el sitio Impuestum.com, en caso de que quieras impugnar el rechazo del SAT, deberás hacerlo en un plazo máximo de 30 días a partir de la notificación, pues de lo contrario el caso quedará cerrado.