La dependencia plantea que para el siguiente ejercicio fiscal las empresas con ingresos mayores a los 50 millones de pesos, no puedan solicitar deducciones de más del 96.7% de sus ingresos acumulables, cuando éstas superen justo este límite. En tanto, a las empresas que deducen menos, es decir, que no aplican esquemas o planeaciones agresivas fiscales (con el objetivo de pagar la menor tasa efectiva) tendrán un límite de 99%.
También se limita la amortización de pérdidas fiscales acumuladas al 50% de la utilidad fiscal en cada ejercicio, pero para evitar que las empresas pierdan ese derecho, amplía de 10 a 20 años el plazo legal para poder deducirlas.
La propuesta ha generado reacciones de economistas, fiscalistas y el sector financiero quienes advierten que la medida puede limitar las inversiones o el propio crecimiento de las empresas. Pero Amador Zamora explicó que la medida está limitada.
“Acotamos el universo, a empresas que facturen más de 50 millones de pesos, que tienen más de cinco años en operación, y cuyas deducciones superan el 97% de sus ventas, si no estás ahí en ese espectro, digamos, las deducciones máximas son 99%, eso acota muchísimo el espectro de la medida”, detalló.
Los tiros son precisos, pues lo que se busca es ir por contribuyentes con condiciones ya bien detectadas y analizadas.
“¿A qué le queremos decir ya basta?, hemos encontrado personas morales con 10 años sin utilidades, pensaríamos que una razón de una empresa es generar utilidades, y crecer a partir de ahí. Se nos hace difícil imaginarnos una persona moral que tiene 10 años sin utilidades y sigue activa, entonces, digamos que lo que queremos controlar es esa parte”, destacó.
El funcionario explicó que continuamente el Servicio de Administración Tributaria (SAT) pública listas de tasas efectivas pagadas, quienes se encuentren por debajo de la tasa promedio publicada por sector, son quienes deberán prender las alertas.