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¿Cómo cerrar una empresa en línea con la ley de reemprendimiento?

Los emprendedores que accedan a este beneficio deben cumplir con ocho requisitos, entre ellos estar al corriente con las obligaciones que marca la ley.
mié 15 agosto 2018 06:00 AM
Prematuro.
En México, cuatro de cada 10 microempresas cierran al primer año de vida y no son liquidadas por los altos costos que representa el trámite. (iStock by Getty Images).

Las empresas fracasadas ya pueden dejar el limbo. Con publicar su estructura accionaria en el portal de Publicaciones de Sociedades Mercantiles (PSM) y subir el acta de disolución y el balance final a la plataforma de la Secretaría de Economía, los emprendedores puede dar por cerrada una compañía de forma gratuita, en línea y en el lapso de dos meses.

La dependencia habilitó el portal Cierra tu empresa luego de que el pasado 25 de julio entraran en vigor las reformas a 14 artículos de la Ley General de Sociedades Mercantiles para simplificar el cierre de compañías, que fueron aprobadas por el Congreso en enero de este año. Los cambios fueron impulsados por la Asociación de Emprendedores de México (ASEM) bajo el nombre de Ley de reemprendimiento.

México no está preparado para los negocios que fracasan. Cuatro de cada 10 microempresas muere al primer año de vida y apenas 11 de cada 100 compañías llega a los 20 años, según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi). Además, una encuesta de la ASEM arrojó que, de los emprendedores que han cerrado una empresa, sólo 12.3% formalizó el trámite ante notario y de estos 70.6% pagó hasta 40,000 pesos y 42.3% le tomó tres meses finalizarlos.

Para liquidar una empresa desde el portal se deben cumplir ocho requisitos: que los socios o accionistas sean personas físicas, que no tengan un objetivo ilícito, no haber realizado operaciones ni emitido facturas electrónicas en los últimos dos años y estar al corriente con las obligaciones fiscales, laborales y de seguridad social. Además, la empresa no debe estar en concurso mercantil, ni sus representantes legales sujetos a procedimientos penales por delitos fiscales o patrimoniales; que no sea una entidad integrante del sistema financiero y que haya publicado su estructura accionaria vigente en el Sistema Electrónico de Publicaciones de Sociedades Mercantiles (PSM).

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Publicar en el PSM es el primer paso del proceso para cerrar la empresa. El segundo es subir a la plataforma el acta de disolución y liquidación, en la que todos los socios acuerdan publicar en el PSM que se cumple con todos los requisitos y nombran entre ellos a un liquidador. La SE inscribirá ésta sin costo, como tercer paso.

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En el cuarto paso, el liquidador recibe de los socios los bienes, libros, documentos y títulos de las acciones de la empresa y hará la distribución del haber social o bienes si es que los hay. El quinto paso consta de la publicación del balance final por parte del liquidador y, finalmente, la SE cancela el folio en el Registro Público de Comercio sin costo.

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“Todo se puede hacer en línea, sin costo y en un plazo de dos meses”, señala Fernando Mendívil, presidente de la ASEM. “Nosotros vamos por la protección y defensa de todo los emprendedores, incluidos los de la base de la pirámide, así que creemos que la Ley de reemprendimiento va impactar a muchísimos de ellos que han estado declarándose en ceros”.

El alcance

Mendívil afirma que los emprendedores no cerraban sus empresas porque era excesivamente caro y tomaba mucho tiempo, por lo que lo común es que se declarasen en ceros –sin ingresos- ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). “Tengo dos empresas que he declarado en ceros desde hace cinco o seis años. No las he liquidado porque es más barato y me distrae menos hacerlo así”, reconoce.

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Con él coincide Cecilia Ezquerro, cofundadora de la tienda en línea de lentes Leco. “Tenemos una empresa en suspensión de actividades desde 2010 porque fracasó. Es más caro cerrarla, que mantenerla en suspensión”. La emprendedora confía que, con las recientes reformas, las empresas que se constituyan operen bajo la ley.

Sobre todo que la cumplan. “De cada 10 empresas, sólo una cumple con sus obligaciones ante la ley, el abismo de incumplimientos es impresionante” afirma Luis Hernández, fundador del portal Alta Dirección Jurídica y profesor de posgrado de la Escuela Bancaria Comercial (EBC). “Como gobierno y abogados debemos hacer algo para que estos nueve emprendedores cumplan con la ley desde que constituyen una empresa y accedan a los beneficios que esta otorga”.

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