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3 razones por las que las aerolíneas se reestructuran bajo el Capítulo 11

Aunque las empresas tienen la opción de presentar una solicitud de reestructura bajo la legislación local, el esquema de Estados Unidos tiene más beneficios en ciertos casos.
vie 03 julio 2020 05:00 AM
Aeroméxico
El más reciente caso de una aerolínea acogiéndose al Capítulo 11 fue el de Aeroméxico, que presentó su solicitud el 30 de junio, la cual fue aprobada un día después por la Corte de Bancarrota del distrito sur de Nueva York.

En la industria aérea, el Capítulo 11 ha sonado cada vez con más frecuencia debido a las necesidades de reestructuración financiera que tienen cada vez más aerolíneas ante la crisis originada por la pandemia de COVID-19, que ha desplomado los flujos de pasajeros dejando con muy pocos ingresos a las aerolíneas.

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En mayo, tres de las mayores aerolíneas de la región latinoamericana se acogieron al esquema del Código de Bancarrota estadounidense, LATAM Airlines, Avianca y más recientemente Aeroméxico, que se mantendrán operativas salvo algunas filiales y rutas en las que por condiciones particulares han decidido dejar de dar servicio en el caso de las primeras dos.

Sin embargo, es importante entender que el Capítulo 11 e incluso el concurso mercantil no implican directamente una quiebra de la empresa, pero ofrecen condiciones distintas que pueden resultar más atractivas, dependiendo de si se quiere continuar operando el negocio a través de un plan de reorganización, o liquidarlo.

1. Para mantener el negocio en marcha

Tanto el Capítulo 11 como la Ley de Concursos Mercantiles en México son procedimientos destinados a resolver situaciones de insolvencia, protegiendo a las empresas a través de ciertas herramientas legales que ayudan a mantener las operaciones de una empresa a flote, explica Carlos Olvera, socio del despacho Santamarina + Steta.

¿De qué manera las protegen? Mediante la prohibición a los acreedores –empresas o proveedores con las que la empresa tenga adeudos– para cobrar cuentas que se tengan que pagar, por lo que no se puede utilizar recursos recursos judiciales para cobrar los adeudos, como el embargo, y además, se congelan los intereses de los créditos, entre otras facilidades.

Respecto al concurso mercantil, Federico Hernández, socio de finanzas corporativas de KPMG en México, explica que se compone de varias fases: la declaración en concurso, en la cual la autoridad revisa si las deudas ya no son pagables; la de conciliación, donde se reestructura la compañía –de manera similar al Capítulo 11–; y la liquidación, donde una figura conocida como síndico vende o remata los bienes del deudor para pagar las deudas.

Aunque el concurso mercantil contempla parte de la reestructura que ofrece el Capítulo 11, una de las principales ventajas de la ley estadounidense es que suele ser más ágil y, sobre todo, protege a la empresa desde el momento en que se presenta la solicitud.

“Cuando vienes a México a solicitar un concurso por supuesto que lo puedes hacer, pero tienes una serie de requisitos. Cuando el juez admite la solicitud no siempre dicta las medidas de preservación, y en Estados Unidos siempre vienen una vez que se admite la solicitud”, enfatiza Olvera.

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2. Para protegerse de acreedores en EU

Una consideración importante es que el Capítulo 11 protege a una empresa de los posibles reclamos de acreedores sólo en Estados Unidos, mientras que un concurso mercantil hace lo mismo con acreedores en México, por lo cual lo más común es que si se presenta una solicitud bajo la ley estadounidense, se haga lo propio bajo la legislación mexicana.

“En el caso de Aeroméxico, por ejemplo, buena parte de sus contratos de arrendamiento de los aviones o servicios de mantenimiento, tienen jurisdicción en Nueva York, y entonces era natural acudir a la Corte norteamericana de Bancarrota y obtener ese tipo de admisión de un Capítulo 11”, señala Olvera, y agrega que hay mecanismos para que los jueces de dos jurisdicciones colaboren durante el proceso.

La decisión de acogerse a la ley mexicana o estadounidense dependerá de dónde se halle el principal lugar de negocios, pero también de los montos adeudados. En el caso de Aeroméxico, por ejemplo, los cinco mayores acreedores con adeudos protegidos por el Capítulo 11 concentran más de 881 millones de dólares, mientras que los 30 mayores acreedores no protegidos por el Capítulo 11 concentran 656 millones de dólares, según el documento presentado por al aerolínea en la corte estadounidense.

Sin embargo, la obligación de presentar un segundo recurso se mantiene, consideró en un análisis Pablo Casas Lías, director del Instituto Nacional de Investigaciones Jurídico Aeronáuticas (INIJA).

“Para la aerolínea o sus acreedores, en su caso, será necesario promover en paralelo al recurso americano, el concurso mercantil ante tribunales federales mexicanos competentes, a efecto de no dejar en estado de indefensión a todos los acreedores y evitar nulidades de todo lo actuado ante cortes en el extranjero sin jurisdicción nacional”, refirió en un documento sobre el tema.

Si una compañía presenta una solicitud de reestructura en una sola jurisdicción, es posible que se deba a que simplemente no tenga la urgencia de hacerlo.

“Quizá sus adeudos en México o con acreedores mexicanos no sean tan grandes ni relevantes con los que se tengan con entidades norteamericanas, o que ya hayan llegado a un acuerdo”, señala el especialista de KPMG.

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3. Para tener mayores plazos

El concurso mercantil ofrece a la empresa hasta un máximo de un año para reestructurarse, con un plazo inicial de 180 días y dos posibilidades de prórroga de 90 días cada una, refiere el especialista de Santamarina + Steta.

“La primera es fácilmente aplazable, pero la segunda es más complicada porque requiere la anuencia de 75% de los acreedores”, señala. Si no se llega a un acuerdo, se pasa a la fase de liquidación.

Los plazos del Capítulo 11 son distintos, ya que dan prioridad a los avances del plan de reorganización que elabore la empresa, por lo cual contemplan un periodo de 120 días a partir de que la solicitud es presentada, con una extensión de la corte hasta de 18 meses, al cual se suma un plazo de 180 días para someter el plan a la aceptación de los accionistas.

Una vez superado este proceso, las consecuencias para la empresa son, en mayor medida reputacionales, pero prácticamente pueden dar vuelta de hoja.

“Creo que las empresas tienen buenos tiempos y malos, y un proceso de reestructura financiera es simplemente reajustarse, reorganizarse, ver de qué manera puedes competir y ganar dinero nuevamente; tratar de maximizar el valor de quienes tienen intereses en la compañía”, concluye Hernández.

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