El camino de defensa de las compañías privadas, dicen juristas consultados, será similar al que ya han emprendido antes: los participantes del mercado podrán argumentar una violación al principio de competencia y legalidad, daños a sus inversiones, una falta al principio de retroactividad –que implica cambiar las reglas a hechos previos a la ley– o una falla en el debido proceso.
"Es un tema de libre competencia, están queriendo conservar un esquema de libre mercado implementando medidas que son de un mercado cerrado, que es el control de precios”, dice Bernardo Cortés, un abogado del sector.
La nueva metodología, que fue aprobada y publicada en el Diario Oficial de la Federación apenas dos días después de la petición de la Sener, marca los pasos para implementar los precios máximos en que los distribuidores de gas LP podrán vender el combustible a los usuarios finales. Estos se publicarán de manera semanal y serán distintos en las 145 regiones en las que se dividirá el país, como era antes de la liberalización de los precios en 2017, como parte de la reforma en el sector, cuando Pemex aún tenía todo el mercado.
La metodología, publicada bajo un principio de emergencia, tendrá una vigencia de seis meses a partir de ayer jueves.
Así, tras su publicación ayer por la tarde en el Diario Oficial de la Federación, el sector ya espera una serie de amparos tramitados desde la iniciativa privada ante los juzgados especializados en competencia, como ha ocurrido con el resto de las regulaciones y reglamentos promovidos desde el ejecutivo.
Y los abogados esperan una reacción similar: que los jueces en competencia otorguen suspensiones generales a todos los participantes del mercado.
Los abogados del sector también argumentan que la Secretaría de Energía no tiene entre sus funciones el regular los precios y la Comisión Reguladora de Energía, el regulador del mercado, podría hacerlo pero solo tras un pronunciamiento de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), el organismo encargado de interceder en los mercados si es que hay una daño hecho por particulares.
En el debido proceso, dicen las fuentes, la Comisión presidida por Alejandra Palacios debía haber emitido una declaratoria de no competencia en el mercado, para que la CRE pudiera emitir una regulación de los precios. Pero esto no ha sucedido. El organismo antimonopolios tiene una serie de investigaciones abiertas en el mercado, pero aún en proceso. El 31 de mayo pasado se inició la última de estas indagatorias, para determinar si existen o no condiciones de competencia efectiva en este mercado.
“Dicho exhorto (el que hizo la Sener a la CRE) es contrario al mecanismo establecido en la Ley de Hidrocarburos para regular los precios del gas LP, el cual requiere de una declaratoria de ausencia de condiciones de competencia por parte de la Cofece como condición necesaria y previa a una regulación de precios”, publicó el organismo antimonopolios en un comunicado hace unos días. “La lógica detrás de este mecanismo es que únicamente en mercados en los cuales no existen condiciones de competencia deben establecerse precios máximos”.
Las fuentes coinciden en que la Cofece podría jugar un papel importante en el futuro de esta metodología. La Comisión podría recurrir a una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte para que se haga una revisión del proceso, pues existe una invasión de sus facultades.
El organismo antimonopolios ya ha recurrido a este mecanismo. En junio del año pasado presentó un recurso de inconstitucionalidad ante la Corte por la política de confiabilidad emitida por Sener un mes antes y de la cual recibió un fallo favorable que sirvió como antecedente del proceso.