Ante la inconsistencia del software de Gilbarco detectada por la Profeco y confirmada posteriormente por el fabricante, es importante mencionar que las labores de verificación en materia de combustibles que realiza la Profeco, consisten en vigilar el cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas NOM-185-SCFI-2017 y NOM-005-SCFI-2017.
Profeco señala que hasta la fecha se iniciaron 424 procedimientos por irregularidades relativas a la bitácora de eventos en dispensarios de la citada marca, con sede en Greensboro, Carolina del Norte. De ellas, 247 procedimientos por infracción a la ley han concluido, con multas por 117.3 millones de pesos.
"La falla en cuestión no afecta a todas las gasolineras, sino principalmente a las cadenas que cuenten con dispensarios de la marca Gilbarco, con configuración para venta a flotillas (venta al mayoreo). En el mercado hay otras siete marcas de dispensarios, los cuales cumplen con la normatividad aplicable", añade Profeco.
La Profeco no tiene la facultar de avalar la utilización de instrumentos, ni certifica la calidad de software. En caso de detectarse incumplimiento –por defecto, en este caso- se aplica la medida precautoria de inmovilización.
El 8 de octubre de 2020 entró en vigor la modificación completa de la Norma Oficial Mexicana NOM-005-SCFI-2017, que estableció que las estaciones de servicio de despacho de gasolina y diésel deben contar con dispensarios nuevos o actualizados que cumplan con las características y especificaciones establecidas en dicha norma.