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Registro de usuarios de telefonía móvil: ¿alguien más puede hacer el trámite por ti?

Los usuarios de telefonía celular tienen que cumplir con el trámite de registrar su línea telefónica, para ello hay diversas especificaciones para tomar en cuenta.
jue 08 enero 2026 12:03 PM
Registro de usuarios de telefonía móvil: ¿alguien más puede hacer el trámite por ti?
Hay posibilidad de que el trámite del registro de las líneas telefónicas sí los haga un tercero, pero solo en algunos casos. (Foto: Expansión / AI Studio)

La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) estableció los lineamientos para que los usuarios de líneas telefónicas hagan el trámite de vincular sus datos personales con el número telefónico ante la compañía de su preferencia. Una de las dudas que surgen es si un tercero puede realizar el trámite que será obligatorio en 2026.

Lee: Cómo registrar un número Telcel o AT&T

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De acuerdo con lo establecido en los lineamientos establecidos y publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la posibilidad de que un tercero realice la vinculación telefónica depende de si la línea pertenece a una persona física o a una persona moral (empresa o institución).

Las personas físicas deben realizar la vinculación entre sus datos con la línea telefónica que usan ante la compañía que les ofrece el servicio, por lo que dicho proceso está diseñado para ser realizado directamente por el titular (la persona a cuyo nombre se vincula la línea) o el usuario (quien hace uso de ella).

El usuario deberá presentar una identificación oficial vigente de la persona que será vinculada para comprobar los datos y que la línea continúe activa.

¿Puede un tercero hacer la vinculación telefónica?

En el caso de las personas morales y entes públicos sí se puede realizar el registro a través de un tercero autorizado, específicamente un representante legal o un servidor público facultado.

En el caso del representante legal de empresas, deberá acudir de manera presencial y entregar el documento que acredite su personalidad jurídica, además de su propia identificación oficial y el RFC de la empresa.

En el caso de entes públicos, el o la servidora pública facultada debe realizar el trámite presencialmente, y llevar el nombramiento y la documentación que acredite las atribuciones del ente.

Los proveedores de servicio tienen la obligación de asistir a personas con discapacidad, grupos vulnerables o comunidades indígenas para que puedan llevar a cabo su vinculación. Sin embargo,el trámite se dirige al titular de la línea tras validar su identidad.

¿Qué pasa con el registro en línea?

De acuerdo con los lineamientos establecidos tanto por la CRT como por la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, el dato que se solicita es la llamada “prueba de vida” en el trámite que se realice vía remota.

A través de la plataforma que habilite el proveedor de servicios, se validará de forma remota que la persona que solicita la vinculación es la misma que aparece en la Identificación Oficial; es decir, la “prueba de vida” funciona como un "espejo digital" momentáneo: el sistema te observa para confirmar que eres tú quien dice ser comparándote con tu identificación, pero una vez terminada la validación, el "espejo" no conserva tu imagen ni ningún rastro de tu fisonomía.

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