Tanto personas físicas como morales (empresas, organismos públicos, etcétera) deberán realizar la vinculación de sus líneas con información personal para obtener un Registro de Usuarios de Telefonía Móvil, mismo que será integrado por los proveedores del servicio.
La CRT explica que cada línea telefónica sea registrada a un titular, se elimina el anonimato que permite realizar este servicio para cometer delitos como estafas, a la vez que formaliza el registro de servicios pospago.
El organismo señala que “la información será resguardada por los operadores telefónicos y se cumplirá con lo establecido en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.
¿Qué documentos se solicitan para hacer el registro?
La CRT detalló que de acuerdo a los lineamientos que entrarán en vigor en el mismo día de la publicación en DOF, establecen que los documentos de identidad para asociar las líneas telefónicas a una persona física serán los siguientes :
*Credencial de elector
*Pasaporte
*Clave Única de Registro de Población (CURP).
*Las personas morales deberán presentar su Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
Se recomienda a los usuarios estar atentos a los avisos en redes sociales de las compañías en donde tienen sus paquetes de telefonía activados para conocer los requisitos, o bien, llamar a los números telefónicos para conocer más detalles.
También existe la opción de hacer la vinculación a través del mismo número telefónico, pero los que no podrñan hacerlo son los que estén asociados a una SIM que no cuenten con la capacidad técnica de generar llamadas de voz, envío de SMS o llamadas a través de internet; es decir para que el usuario concluya con éxito el trámite debe contar con un equipo celular que tenga estas características.