Los requisitos para iniciar este trámite, detalla el instituto, son haberse pensionado a partir del 13 de enero de 2012, tener una resolución de pensión emitida por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), estar registrado en Mi Cuenta Infonavit, contar con Firma Electrónica Avanzada del SAT vigente y los 18 dígitos de la BLABE bancaria para la transferencia; además de no ser acreditado vigente del Infonavit ni tener proceso alguno que impida el uso de este recurso.
En caso de que los pensionados hayan iniciado el trámite de la devolución de la subcuenta de vivienda en su Afore o en alguna oficina del Infonavit, no podrá hacer la solicitud en línea.
En Mi Cuenta Infonavit los acreditados también pueden realizar otros trámites en línea, esto con la finalidad de evitar saturaciones en las oficinas y centros de atención.
El saldo de la subcuenta se obtiene de las aportaciones que el patrón abona bimestralmente y equivale al 5% del salario integrado del trabajador, es decir, el sueldo más prestaciones como cuotas diarias, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie u otras en particular, explica la Condusef.
En el caso del Infonavit, el trabajador no puede retirar este dinero antes de los 65 años.