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¿Qué pasa si no hago mi declaración anual del SAT en abril?

Los montos por no presentarla o presentarla a destiempo van de los 1,810 pesos hasta los 44,790 pesos, refiere el Código Fiscal de la Federación en el artículo 82.
mar 30 abril 2024 02:41 PM
 ¿Qué pasa si no haces tu declaración anual del SAT? Estas son las multas en 2024
Así como es una obligación contribuir al erario público, también lo es presentar este informe anual en la plataforma del SAT.

Se acerca abril, el mes en el que las personas físicas con ingresos por sueldos y salarios, prestar servicios profesionales, poner en renta bienes, o realizar alguna actividad empresarial deben presentar la declaración anual del Impuesto Sobre la Renta (ISR) del ejercicio 2023 al Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Así como es una obligación contribuir al erario público, también lo es presentar este informe anual en la plataforma del SAT.

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Las personas que están obligadas a presentar la declaración anual son todas las que tienen ingresos anuales superiores a los 400,000 pesos. También quienes en 2023 realizaron dos o más actividades económicas, por ejemplo, eres empleado de una empresa y eres dueño de un departamento o local comercial que rentas.

Por igual es obligatorio para las personas que tuvieron dos o más patrones, por ejemplo, si en el mismo año te cambiaste de un trabajo a otro; si estuviste en dos o más regímenes fiscales en el mismo año, o dejaste de trabajar antes de que se terminara el año.

¿Hasta cuándo puedes presentar tu declaración anual?

Desde el primero de abril de 2024 se puede empezar a presentar la declaración de personas físicas 2023 al SAT.

La fecha límite para presentar la declaración anual al SAT es el 30 de abril, último día del mes, y como no cayó este año en fin de semana, la fecha límite no se recorre, explicó en entrevista Roberto Colín, integrante de la Comisión Técnica Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM).

¿Qué ocurre si me paso de la fecha límite?

Si no cumples con esta obligación, el Código Fiscal de la Federación (CFF) prevé sanciones, conocidas como multas, contenidas en el artículo 82.

Las multas pueden aplicarse por no presentarla o presentarla pasada la fecha límite.

Si piensas no presentarla, considera que si resulta que tienes un saldo a cargo, cuando te pongas al corriente o te llama la autoridad, además de pagar el saldo a cargo, tendrás que pagar multas, actualizaciones y recargos, detalló Colín.

En este caso toma en cuenta que la autoridad fiscal considera estos adeudos como créditos firmes y puede reportarte en el Buró de Crédito.

Por el contrario, si resulta que tienes saldo a favor en esa declaración que no presentaste, te estarás perdiendo de un dinerito extra, o que te perderás cuando tengas que pagar la multa al SAT.

¿Cuáles son las multas por no presentar tu declaración?

La autoridad puede considerar que la presentaste fuera de tiempo si lo haces a partir del dos de mayo (porque primero de mayo es un día inhábil).

Las multas por no presentar la declaración anual van de los 1,810 pesos y hasta los 22,400 pesos.

Considera que se aplica una multa por cada obligación omitida, por ejemplo, si eres empleado, y recibes ingresos por rentar un bien, pero solo declaras por sueldos y salarios, ahí ya estás incumpliendo con una obligación. Si tienes más de una actividad económica, es una obligación por cada régimen en el que estés inscrito, comentó Colín.

Las multas por presentar la declaración anual después de la fecha límite que es el 30 de abril, o después del límite del requerimiento de la autoridad, van de los 1,810 pesos hasta los 44,790 pesos.

“Si dentro de los seis meses siguientes a la fecha en que se presentó la declaración por la cual se impuso la multa, el contribuyente presenta declaración complementaria de aquélla, declarando contribuciones adicionales, por dicha declaración también se aplicará la multa a que se refiere este inciso”, refiere el Artículo 82-a del CFF.

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