Entres las empresas que trabajan con el modelo híbrido u home office puede existir la duda sobre qué gastos que se realizan pueden deducirse al presentar la declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Te detallamos qué dice la ley y cuáles sí pueden realizarse.
Estos son los gastos que puedes deducir si haces home office
La nueva regulación del también llamado teletrabajo entró en vigor el 5 de diciembre del 2023 por lo que tanto las empresas como los empleados se adaptaron a las nuevas disposiciones establecidas en la Ley Federal del Trabajo.
Obligaciones de los patrones
Respecto al tema y dentro de las obligaciones de los patrones estipulados en el artículo 132 se establece lo siguiente:
III Proporcionar oportunamente a los trabajadores los útiles, instrumentos y materiales necesarios para la ejecución del trabajo, debiendo darlos de buena calidad, en buen estado y reponerlos tan luego como dejen de ser eficientes, siempre que aquéllos no se hayan comprometido a usar herramienta propia. El patrón no podrá exigir indemnización alguna por el desgaste natural que sufran los útiles, instrumentos y materiales de trabajo.
IV.- Proporcionar local seguro para la guarda de los instrumentos y útiles de trabajo pertenecientes al trabajador, siempre que deban permanecer en el lugar en que prestan los servicios, sin que sea lícito al patrón retenerlos a título de indemnización, garantía o cualquier otro. El registro de instrumentos o útiles de trabajo deberá hacerse siempre que el trabajador lo solicite.
V.- Mantener el número suficiente de asientos o sillas a disposición de los trabajadores en las casas comerciales, oficinas, hoteles, restaurantes y otros centros de trabajo análogos. La misma disposición se observará en los establecimientos industriales cuando lo permita la naturaleza del trabajo.
¿Hay gastos deducibles del home office?
Sí, entre los gastos que sí se pueden deducir si haces home office se encuentran los siguientes:
Para que los empleadores hagan las deducciones de los pagos (proporcionales, no totales) que establezcan con el trabajador serían los correspondientes a la luz e internet; para ello deben incluirse en los Comprobantes Fiscales por Internet (CFDI) de nómina o recibos de nómina.
Aquí, se deben ingresar los pagos efectuados al trabajador por concepto de servicios de luz e internet en el atributo c_TotalOtroPago bajo la clave 999. Esta es la clave que corresponde a “Pagos distintos a los listados y que no deben considerarse como ingreso por sueldos, salarios o ingresos asimilados”.
Los trabajadores que deseen tener deducciones deberán estar inscritos ante el SAT como persona física con actividad empresarial. Entre los gastos que pueden ser deducidos los siguientes gastos:
- Renta de una oficina
- Equipo de cómputo
- Celulares y dispositivos electrónicos
- Impresoras
- Equipo de oficina
- Equipo de transporte
- Construcciones
- Cuotas de seguros
- Productos de limpieza (para mantener limpia tu zona de trabajo).
- Equipo de iluminación
- Viáticos
- Servicios de agua, luz, teléfono y otros gastos indispensables para realizar las actividades profesionales. Sin embargo, se requieren las facturas correspondientes para respaldar estas deducciones.