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¿Qué pasa si el titular de un crédito hipotecario fallece?

Cuando el titular de un crédito hipotecario fallece, los familiares pueden gestionar seguros de vida para cubrir la deuda. Conoce los requisitos y procedimientos en cada caso.
jue 31 octubre 2024 07:26 PM
¿Qué pasa con un crédito hipotecario si fallece el titular?
Cada institución hipotecaria, desde bancos hasta organismos como Infonavit y Fovissste, establece requisitos específicos para hacer válidos sus seguros de vida.

La adquisición de una vivienda representa una meta importante para muchas personas, pero también puede traer consigo preocupaciones en caso de fallecimiento del titular del crédito. Al enfrentar esta situación, es crucial que los familiares conozcan los pasos necesarios para asegurar la propiedad y resolver cualquier compromiso pendiente.

Cada institución hipotecaria, desde bancos hasta organismos como Infonavit y Fovissste, establece requisitos específicos para hacer válidos sus seguros de vida. Aquí te explicamos qué implica cada proceso para evitar que los seres queridos hereden una carga económica.

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Créditos bancarios

Los bancos en México suelen incluir un seguro de vida en los créditos hipotecarios, el cual se activa en caso de fallecimiento del titular. La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) explica que este seguro está diseñado para proteger el bien financiado y asegurar la liquidación de la deuda. Para que este seguro aplique, el titular debe haber cumplido con los pagos al día antes de su fallecimiento.

El aviso a la institución bancaria debe hacerse dentro de los 180 días naturales posteriores al deceso, según indica la Condusef. Una vez notificado y aprobado el seguro, el monto de la deuda se liquida directamente con la institución, liberando a los familiares de cualquier compromiso económico relacionado con el crédito.

Infonavit

En el caso de los créditos otorgados por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), existe un seguro de vida denominado Autoseguro por Defunción. Este seguro permite a los familiares del titular fallecido solicitar la liberación de la deuda hipotecaria. Para hacer el trámite, es necesario acudir a un Centro de Servicio Infonavit (Cesi) o a la oficina de cobranza de la delegación correspondiente y presentar:

  • Acta de defunción y una identificación oficial vigente del acreditado.
  • Acta de nacimiento y una identificación oficial vigente de quien realice el trámite.

Con estos documentos, el solicitante puede gestionar la cancelación de la hipoteca, liberando así la propiedad.

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Fovissste

Para los créditos hipotecarios del Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Fovissste), los beneficiarios pueden solicitar la extinción de la deuda mediante un trámite específico. Este proceso permite que la obligación crediticia sea liquidada en su totalidad. Para iniciar el trámite, se debe presentar:

  • Identificación oficial vigente tanto del acreditado como del beneficiario (INE, pasaporte o cédula profesional).
  • Escritura pública registrada en el Registro Público de la Propiedad o documento que respalde el crédito.
  • Acta o certificado de defunción del titular.

Este procedimiento es gratuito y puede realizarse en línea o en las oficinas de las delegaciones estatales y regionales del ISSSTE, en los Departamentos de Vivienda.

Es importante que los titulares de créditos hipotecarios informen a sus familiares sobre la situación de sus financiamientos y el lugar donde guardan los documentos importantes. Karla González Montoya, Marketing Manager B2C de Inmuebles24, sugiere asesorarse con un experto y leer detenidamente las condiciones de los créditos para garantizar la protección del patrimonio y de los seres queridos en caso de un imprevisto

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