Igualmente, se puede revisar si la agencia tiene contrato de adhesión registrado con Profeco. Puede revisarse desde el link https://rpca.profeco.gob.mx/ . Su registro en este sitio garantiza que los contratos tendrán todas las características obligatorias por la Ley Federal de Protección al Consumidor y las reglamentaciones.
Para saber si la agencia de viajes cuenta con quejas o denuncias de consumidores, pueden revisar en el Buró Comercial en https://burocomercial.profeco.gob.mx/ y conocer los motivos principales de reclamación.
Qué hacer después de contratar una agencia
Si ya se contrató un servicio turístico, la Profeco sugiere a las y los viajeros cerciorarse de recibir una copia del contrato, el cual debe tener sello o membrete de la agencia de viajes con sus datos de identificación y un comprobante de pago.
Las personas que contraten estos servicios, deberán recibir de las agencias:
a) Boletos de avión, de autobús, trenes o ferrocarriles, arrendamiento de autos, barcos o cruceros.
b) Cuando la agencia haga funciones de operador o mayorista vendiendo al público en general, debe de entregar un cupón al pasajero (o al grupo) que contenga lo siguiente:
*Su nombre o razón social (dirección de la casa matriz y teléfonos)
*Nombre del usuario o del grupo de que se trate
*Descripción de los servicios contratados
*Condiciones generales y términos de la prestación del servicio
*Procedimiento en caso de cancelaciones
*Tipos de alojamiento
El material informativo que se use, debe formar parte integral de las condiciones al pasajero y contene un resumen que identifique claramente los servicios a proporcionar.
En caso de que la agencia únicamente realice la reservación de hotel, auto u otros, deberá entregar una constancia de esa reservación y el número o clave que le haya sido proporcionado por el prestador final.
“Es importante tener en cuenta que en el contrato se establecen los términos y condiciones para la adquisición del producto o la prestación de un servicio y debe tener número de registro, ser legible y comprensible; no debe contener prestaciones desproporcionadas u obligaciones inequitativas o abusivas”, señala la Profeco.
Se debe leer con atención las letras pequeñas del contrato.