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El dato clave que podría impedir que te llegue la devolución del SAT

Las personas físicas llevan a cabo el trámite de realizar su declaración anual ante el SAT, en el que algunas veces, hay saldo a favor para los contribuyentes.
vie 10 abril 2026 11:20 AM
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Los contribuyentes deben de checar que los datos estén actualizados ante el SAT para que no haya errores al momento de hacer transferencias en caso de tener un saldo a favor. (Foto: iStock )

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene abierto el plazo para que las personas físicas presenten su declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal 2025, y en caso de tener saldo a favor, los contribuyentes puedan recibir su depósito en un máximo de 40 días. Sin embargo, hay información que debe estar actualizada y corroborada para que no haya retrasos en la transferencia del dinero.

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¿Quiénes reciben saldo a favor?

El artículo 22 del Código Fiscal de la Federación establece lo siguiente: “Las autoridades fiscales devolverán las cantidades pagadas indebidamente y las que procedan conforme a las leyes fiscales”. Cuando un contribuyente presenta su declaración anual y tiene saldo a favor, puede optar por su devolución.

El SAT establece que hará la devolución en los siguientes 40 días hábiles siguientes a la fecha en que se presentó la solicitud, siempre que en la misma se hayan anotado correctamente los datos del banco y el número de cuenta Clabe, así como los informes y documentos necesarios para comprobar el saldo a favor.

Virginia Ríos Hernández, integrante del Comité Ejecutivo del Colegio de Contadores de México (CCM), explica que uno de los errores más comunes de los contribuyentes es el desconocimiento o el no solicitar la constancia anual donde figuran los intereses pagados. Muchas veces el banco la envía por correo y el contribuyente la borra o no actualiza su domicilio, por lo que el Código Postal es un dato clave para recibir el saldo a favor.

Sin este dato, el SAT no puede validar los intereses reales efectivamente pagados, que es el monto resultante de descontar la inflación de la tasa nominal.

“Algunas instituciones financieras entregan de manera automática la constancia de los intereses, pero en otras ocasiones, las personas físicas no se enteran o no les da la importancia debida, pues les llegan correos electrónicos y los borra o si los estados de cuenta llegan de manera física, los rompe. Otro aspecto es no avisar sobre algún cambio de domicilio”, dijo en entrevista con Expansión.

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Requisitos para recibir el saldo a favor

Datos en el CFDI: Es indispensable que el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) tenga el RFC y el Código Postal (CP) exactamente como están registrados en tu Constancia de Situación Fiscal, ya que cualquier discrepancia en el CP puede invalidar la deducción, y por ende se rechace la devolución.

Contar con los datos actualizados en el (CFDI) es importante tanto para la deducción como para un posterior pago de saldo a favor, porque debe contener el RFC y el Código Postal exacto que el contribuyente tiene registrado en su Constancia de Situación Fiscal.

Esto es relevante para el contribuyente, toda vez que el SAT puede rechazar la devolución tras la revisión de la información enviada en la declaración anual. En este caso, deberá aclarar los requerimientos de información en los plazos establecidos.

En la página del SAT y tras hacer la declaración anual, el contribuyente debe hacer lo siguiente:

  • Dar click en la opción de devolución.
  • Número de cuenta CLABE, a 18 dígitos.
  • Nombre del banco en el que se efectuará el depósito correspondiente.

Para presentar la Declaración Anual con saldo a favor igual o menor a 10,000 pesos se debe contar con contraseña, si es mayor a 10,000 y hasta 50,000 pesos debe hacerlo con contraseña siempre y cuando sea con la cuenta CLABE precargada en el sistema.
En caso de no seleccionar alguna o capturar una distinta a las precargadas, deberás presentar la declaración utilizando la e.firma o la e.firma portable.

Si ya pasaron los 40 días después de que solicitaste tu devolución de saldo a favor y todavía no te deposita el SAT, entonces deberás realizar una consulta del estatus.

Para ello debes visitar el sitio de seguimiento de trámites y requerimientos del SAT, en este enlace .

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El SAT aclara que para verificar que proceda la devolución, puede requerir al contribuyente, en los 20 días posteriores a la presentación de la solicitud, los datos, informes o documentos adicionales que consideren necesarios y que estén relacionados con la devolución; en caso de no hacerlo se considera que desistió de su solicitud de devolución.

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