¿Cómo recuperar el aguinaldo de una persona fallecida?
De acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), pueden reclamar el pago pendiente el cónyuge, hijas o hijos menores de 25 años y ascendientes cuando exista presunción de dependencia económica.
Ese grupo tiene prioridad para solicitar las prestaciones que la persona generó antes de fallecer. Si quien busca cobrar no pertenece a esos familiares, deberá acreditar la dependencia económica mediante un juicio de designación de beneficiarios.
Haber fallecido antes de la fecha de pago no cancela la obligación del patrón. Una vez reconocido quién tiene derecho, debe entregarse el aguinaldo pendiente o la parte proporcional que corresponda.
¿Cuánto aguinaldo puede recuperar la familia?
El monto del aguinaldo depende del salario y del tiempo trabajado durante el año. Como mínimo, corresponden 15 días de salario cuando se laboró el año completo; si la relación terminó antes, se paga la parte proporcional.
Con un salario mensual de 15,000 pesos, los 15 días equivalen a 7,500 pesos. Para conocer cuánto se generó por cada día trabajado, esa cantidad se divide entre 365:
7,500 ÷ 365 = 20.547 pesos por día trabajado.
A partir de esa cifra:
- 30 días trabajados: 616.41 pesos
- 182 días trabajados: 3,740.45 pesos
- Año completo: 7,500 pesos
Tener varios años en la misma empresa no aumenta automáticamente los 15 días mínimos. Un monto mayor solo procede cuando el contrato, las condiciones laborales o las prestaciones internas reconocen un beneficio superior.
Los trabajadores que sí deben cobrar aguinaldo
Tienen derecho al aguinaldo las personas que mantienen una relación laboral subordinada con un patrón, entre ellas:
- Trabajadores de base
- De confianza
- De planta
- Sindicalizados
- Eventuales
- Contratados por obra o tiempo determinado