¿Qué pasa con el aguinaldo de un pensionado del IMSS que falleció?
Lo primero es identificar bajo qué ley se pensionó la persona fallecida, pues no todos los pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social ( IMSS) tienen derecho a aguinaldo.
Quienes reciben una pensión por cesantía en edad avanzada o vejez bajo la Ley del Seguro Social del 73 tienen derecho a un aguinaldo equivalente a una mensualidad de su pensión, sin incluir asignaciones familiares ni ayudas asistenciales. El pago se realiza en noviembre.
En cambio, quienes se pensionaron por cesantía o vejez bajo la Ley del 97 no reciben este pago, por lo que sus familiares no pueden reclamar un aguinaldo que el titular no tenía reconocido.
Si el pensionado del IMSS falleció antes de recibir el aguinaldo
Cuando se trata de una pensión bajo la Ley de 1973, el Poder Judicial reconoce que los hijos pueden recibir esa prestación cuando se les reconoce una pensión por orfandad.
Además, señala que el aguinaldo que correspondía al asegurado o pensionado debe cubrirse a la persona reconocida como beneficiaria de esa pensión.
Este criterio judicial se refiere específicamente a la pensión por orfandad. En los demás casos, los beneficiarios deben solicitar al IMSS que determine qué conceptos quedaron pendientes y qué derechos les corresponden.
Si el pensionado falleció después de recibir el aguinaldo
Si el depósito se realizó antes del fallecimiento, se trata de un recurso que ya recibió el titular. Los familiares deben revisar cualquier saldo o asunto pendiente, sin asumir que pueden retirar libremente los recursos de la cuenta.
Si quedó pendiente una mensualidad de pensión
El IMSS tiene un trámite específico para que los beneficiarios soliciten los pagos que el pensionado no alcanzó a cobrar en vida.
Pueden solicitarlo cónyuges, concubinas o concubinarios, hijos, padres o madres que acrediten su derecho, conforme al orden legal.