Desde el 13 de abril, quienes "para obstaculizar el ejercicio del derecho a la interrupción voluntaria del embarazo" acosen a una mujer "mediante actos molestos, ofensivos, intimidatorios o coactivos que menoscaben su libertad" serán castigados con penas de prisión de tres meses a un año o a trabajos comunitarios de 31 a 80 días”, indica la norma.
Las mismas penas están previstas para quien acose a trabajadores de estas clínicas, al advertir la nueva norma que "el acoso a los centros sanitarios donde las mujeres interrumpen voluntariamente sus embarazos es una constante desde la aprobación de la ley por la que se despenalizaba el aborto".
En Colombia se despenaliza el aborto hasta la semana 24 de embarazo
Esta reforma pretende garantizar "la intimidad de las mujeres, su libertad y seguridad física y moral", así como sus "derechos sexuales y reproductivos”.
El aborto en España
El aborto fue despenalizado en España en 1985, únicamente por tres causas: violación, riesgo grave para la madre y malformación fetal, pero no fue hasta 2010 cuando se legalizó la interrupción del embarazo sin justificación médica hasta la decimocuarta semana de gestación.
Según datos oficiales, en 2020 hubo en el país 88,269 abortos, con una tasa de 10.3 por cada 1,000 mujeres.
Pese a ello, las mujeres de este país de fuerte tradición católica siguen encontrando obstáculos porque muchos médicos se niegan a realizar el procedimiento.