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Cofinavit, un producto heredado que abusa del derechohabiente

El Infonavit debe otorgar créditos hipotecarios adecuados a los derechohabientes en los términos que marca la propia ley, señala Fernando Soto-Hay.
mié 09 marzo 2022 05:00 AM
Expensive real estate
El Infonavit otorgará en 2022 nuevas opciones de financiamiento y en mayo lanzará un importante programa para sustituir todos los créditos denominados en veces salarios mínimos (VSM) a pesos, apunta Fernando Soto-Hay.

(Expansión) - El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) es un organismo de servicio social constituido el 24 de abril de 1972, eso significa que este año cumplirá su primer medio siglo de existencia.

En los últimos tres años, la administración de este instituto encabezada por Carlos Martínez ha hecho una serie de cambios que resultaban más que necesarios y que por mucho tiempo habían afectado de manera importante a millones de mexicanos. Incluso se ha anunciado que a lo largo de este 2022 –y a modo de celebración– el Infonavit otorgará nuevas opciones de financiamiento y que en mayo lanzará un importante programa para sustituir todos los créditos denominados en veces salarios mínimos (VSM) a pesos.

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Recordemos que, en este tipo de créditos, cada año el monto de la deuda y las mensualidades del acreditado se ajustan dependiendo del aumento anual al salario mínimo o la UMA (lo que resulte menor). Para dimensionar ese efecto, pensemos en un acreditado que debía un millón de pesos al Infonavit en 2021 y que, a partir de febrero de este año, vio cómo su deuda aumentó 49,900 pesos más.

Sin duda, aplaudo esa medida de pie, pues es sensible, responsable, sensata y protege el patrimonio de casi cuatro millones de derechohabientes. No obstante, es importante alzar la voz sobre otro aspecto que sigue afectando a la clase trabajadora de nuestro país, a quienes el propio instituto considera los verdaderos dueños de Infonavit.

Del Cofinavit y el saldo de la subcuenta de vivienda

El Cofinavit es un producto originalmente ideado por Infonavit para que los derechohabientes pudiesen utilizar el Saldo de su Subcuenta de Vivienda que tienen constituido de acuerdo a la Ley del Sistema de Ahorro para el Retiro y la Ley del Seguro Social.

Se trata de recursos propiedad de los trabajadores aportados por los patrones bimestralmente a lo largo del tiempo. Tales recursos que son de los derechohabientes y que son administrados por el Infonavit, deberían de estar a disposición de ellos sin que se les condicione su uso a la contratación de un servicio o producto adicional como es el caso del componente del crédito en el producto de Cofinavit.

En esencia, eso es lo que está sucediendo, pues para hacer uso de esos recursos el trabajador está obligado a contratar un crédito que hoy tiene una tasa de interés del 10.45%, es decir, muy por encima de la oferta de otras instituciones de crédito (cuyas tasas van del 8.50 al 9.25%), lo que contraviene las disposiciones del artículo 3º de la Ley del Infonavit que establece que el crédito que otorga el instituto tiene que ser barato.

La contratación forzosa de un crédito hipotecario en condiciones mucho más onerosas que lo que ofrece el mercado para créditos hipotecarios a largo plazo genera un menoscabo significativo al patrimonio de los derechohabientes porque los obliga a pagar tasas de interés más altas de las que en realidad deberían de pagar.

Desde mi punto de vista, estamos ante una práctica coercitiva y desleal para los derechohabientes heredada de administraciones pasadas.

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El Infonavit tiene que recapacitar en torno a ese condicionamiento y desaparecer esa imposición de contratar forzosamente un crédito con ellos a efecto de que el derechohabiente pueda hacer uso de ese capital que es de su propiedad pues, insisto, estamos ante un método coercitivo y desleal.

En mi opinión, el Infonavit debe otorgar créditos hipotecarios adecuados a los derechohabientes en los términos que marca la propia ley, es decir baratos, lo que se traduce en tasas de interés inferiores a lo que la banca comercial utiliza para sus créditos y, sobre todo, sin condicionar de forma coercitiva y desleal el uso del Saldo de Subcuenta de Vivienda a la contratación de un crédito.

La decisión de terminar con esta práctica abusiva heredada está en manos del Consejo de Administración tripartita y no debería de ser una decisión de difícil implementación.

Nota del editor: Fernando Soto-Hay es fundador y director general de Tu Hipoteca Fácil y cofundador de Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad. Síguelo en Twitter o contáctalo al correo fernando@tuhipotecafacil.com . Las opiniones expresadas en esta columna pertenecen exclusivamente al autor.

Consulta más información sobre este y otros temas en el canal Opinión

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