Entre los múltiples fideicomisos que CiBanco administraba, estaba el CIB/2346, una herramienta financiera creada para administrar los flujos derivados de un contrato con Pemex Exploración y Producción en materia de compresión de gas. Como ocurre en este tipo de estructuras, el fideicomiso era el corazón financiero del proyecto. A él se le cedieron los derechos de cobro y se ordenaban pagos, prioridades y distribuciones. En teoría, ese patrimonio está blindado. Es autónomo, separado del balance del fiduciario. Si el fiduciario cae, los activos deberían permanecer intactos. En la práctica, el caso demuestra otra cosa.
Desde 2016, el CIB/2346, en el que CiBanco era el fiduciario, entró en una espiral de conflicto marcado por incumplimientos entre las partes, la reconfiguración de quién podía dar instrucciones y, finalmente, el concurso mercantil de uno de los participantes. Los juzgados intervinieron directamente en su operación y ordenaron a CiBanco retener recursos para entregarlos y cuantificarlos. Existen sentencias firmes que establecen cómo deben distribuirse los flujos y qué parte correspondía a la masa concursal. Sin embargo, CiBanco reconoció haber actuado conforme a las instrucciones de uno de los fideicomitentes, Coastal, una empresa singapurense, lo que derivó en la falta de fondos para cumplir con requerimientos judiciales posteriores. Este reconocimiento es devastador, porque además de estar frente a un incumplimiento contractual, se está ante la posible ruptura del deber fiduciario.
El caso, sin embargo, no termina en México. A través de un procedimiento en Estados Unidos, un tribunal federal ordenó a Bank of New York Mellon entregar información detallada sobre las transacciones del fideicomiso CIB/2346 y lo que entregaron deja ver movimientos “inusuales” y cuya relación con el objeto del fideicomiso es, por lo menos, cuestionable. Esto introduce una dimensión completamente distinta porque el fideicomiso además de ser un problema de derecho mercantil y concursal, es potencialmente, un caso que puede ser examinado bajo estándares internacionales de debida diligencia y prevención de lavado de dinero.
¿Qué ocurre cuando el fiduciario, la pieza que debería garantizar la integridad del sistema, se convierte en el punto de mayor incertidumbre? Como es el caso de CiBanco.