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La Ley #SinVotoNoHayDinero avanza; la Suprema Corte avala su constitucionalidad

La iniciativa que reduce el dinero público para los partidos políticos, impulsada en Jalisco por diputado independiente Pedro Kumamoto, vence la impugnación interpuesta por Morena, Panal y el PVEM.
lun 28 agosto 2017 01:40 PM
Aprueban recorte a partidos... en Jalisco
Ley Kumamoto La iniciativa del independiente vincula el financiamiento a la votación que los candidatos consigan en las elecciones. (Foto: Facebook Pedo Kumamoto)

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) respaldó la constitucionalidad de la ley para reducir el financiamiento público a los partidos políticos en Jalisco, conocida como #SinVotoNoHayDinero.

El máximo tribunal del país determinó este lunes con siete votos a favor y cuatro en contra que dicha legislación está acorde con la Carta Magna, luego de que Morena, Nueva Alianza y el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) pusieron en entre dicho la legalidad de esta norma impulsada por el diputado independiente Pedro Kumamoto.

Los ministros discutieron la controversia que —de acuerdo con los partidos que impugnaron la ley— señalaba una violación a las atribuciones del Congreso de la Unión en materia electoral y que generaba inequidad entre los partidos políticos.

La mayoría del Pleno de la SCJN consideró que la libertad que tienen los estados permite una legislación como la propuesta por Kumamoto, y que incluso abre la puerta para que otras entidades hagan lo mismo.

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Kumamoto celebró el resultado y señaló que el siguiente paso es llevarlo a nivel federal.

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“Tendríamos que seguir impulsando modificaciones a nivel federal. Ya no hay preceptos para que nos digan que no aplica impulsar esta modificación a nivel federal”, dijo a Carmen Aristegui minutos después de la resolución.

La reestructuración

La ley aprobada el 1 de junio por el Congreso de Jalisco condiciona el financiamiento público otorgado a los partidos a la votación válida emitida que reciban —la cual excluye los votos nulos y aquellos a favor de candidatos independientes y de partidos que pierdan el registro.

Esto quiere decir que si sólo 50% de los ciudadanos va a votar, el financiamiento se reducirá 50%, por eso el monto del recorte depende del número de sufragios válidos que los partidos consigan.

El proyecto presentado por el ministro Pardo —que fue rechazado por los demás integrantes del Pleno de la SCJN— señalaba que introducir el voto válido para calcular el financiamiento era contrario a la Ley General de Partidos Políticos.

La legislación local anterior establecía que el monto que los partidos reciben se calculaba multiplicando el padrón electoral local por el 60% de la Unidad de Medida y Actualización (UMA); ahora, el financiamiento público para años no electorales se fijará multiplicando el padrón por el 20% de la UMA.

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En el caso de años electorales, el financiamiento público se fijará multiplicando el número total de votos válidos obtenidos en la elección de diputados por el 65% de la UMA. El 30% de la cantidad que resulte se distribuirá entre los partidos en forma igualitaria, y el 70% restante se repartirá de acuerdo con el porcentaje de votos que haya obtenido cada fuerza en la elección de diputados inmediata anterior.

La nueva legislación entrará en vigor en 2019, tras las elecciones del próximo año donde en Jalisco —además de los comicios federales— se elegirá al gobernador y 39 diputados.

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