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Uber y Cabify decidirán si acompañan ante el fisco a sus choferes

La SAT permitirá que las firmas tecnológicas decidan si inscriben o no a los contribuyentes que ofrecen servicio de transporte.
lun 20 mayo 2019 05:10 AM
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La tasa del ISR va de 3% a 9% dependiendo del ingreso del conductor

CIUDAD DE MÉXICO El fisco mexicano dejó en manos de las empresas que prestan su tecnología para el servicio de transporte de personas o reparto de comida la decisión de que los 'choferes' puedan pagar de forma directa sus impuestos, y así olvidarse de hacer declaraciones mensuales.

“Las personas que únicamente reciban ingresos por manejar o repartir alimento por medio de plataformas tecnológicas ya no tendrán que presentar declaraciones a lo largo del año y se tomarán como pagos definitivos”, explicó Katya Elizabeth Arroyo Arriola, administradora general de servicios al contribuyente del SAT.

Esto permite que las personas que trabajan por medio de plataformas como Uber o Rappi puedan hacer una declaración anual, y no una al mes como actualmente se realiza. Sin embargo, este nuevo esquema no es obligatorio para las empresas tecnológicas. Las firmas decidirán si se inscriben como retenedores ante el SAT y darles esta facilidad a las personas que ofrecen el servicio -y que no consideran como empleados-.

“Es una facilidad para los socios y repartidores, no podemos vía reglas de miscelánea fiscal a obligar a los contribuyentes que hagan algo”, dijo Arroyo Arriola, quien forma parte del grupo técnico que se ha reunido con las firmas tecnológicas.

Aun así, varias de estas firmas como Uber, Cabify (dueña de Easy Taxi), Rappi, SinDelantal, entre otras, comenzaron a hacer ajustes a sus sistemas para poder inscribirse como retenedores ante el SAT.

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En abril pasado, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó un esquema de retención por concepto de Impuesto Sobre la Renta (ISR), que varía dependiendo del nivel de ingresos, y del Impuesto al Valor Agregado (IVA), que se fijó en en una tasa de 8%, de acuerdo con la Resolución de Miscelánea Fiscal 2019, que entró en vigor en este mes.

La funcionaria explicó que los contribuyentes que tengan otras actividades económicas tendrán que sumar el total los ingresos, y finalmente la retención que haga la plataforma podrá disminuir.

Por ejemplo, si una persona maneja un Uber o Cabify y por las tarde se emplea en una tienda de conveniencia, tendrá que sumar a su declaración mensual los ingresos obtenidos por la tienda como los del servicio de transporte de pasajeros, lo cual disminuirá la retención que le haya hecho la plataforma.

El SAT aún no cuenta con estimados sobre el monto que se recaudaría con esta medida ni el número de contribuyentes que se ha inscrito bajo esta modalidad, ya que aún esperan a que se sumen más contribuyentes a lo largo de este mes, según detalló la funcionaria.

En abril pasado, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer que trabaja en la implementación de un programa para imponer medidas tributarias a las empresas de economía digital que operan a través de plataformas, como Netflix o Uber.

El subsecretario Arturo Herrera Gutiérrez señaló que, mientras se llega a un acuerdo internacional sobre el cobro de impuestos a estas compañías, los países pueden imponer medidas tributarias de carácter interino.

El gobierno ha batallado en los primeros tres meses del año para elevar los ingresos de la federación , por lo que ha tenido que recortar el gasto.

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