¿Cuándo se debe inscribir a Actividades Vulnerables del SAT?
Las personas que se dedican a la prestación de servicios profesionales de manera independiente, o freelance, pueden ser susceptibles a ser objeto de operaciones con recursos de procedencia ilícita.
Aunque se trate de actividades económicas o profesionales totalmente permitidas o legítimas, el SAT requiere de tener vigilancia de aquellas operaciones que puedan tener riesgo de lavado de dinero.
De acuerdo con el Artículo 17 de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), se considera objeto de identificación cuando en la prestación de servicios de manera independiente, sin que nadie medie la relación laboral, se realicen las siguientes operaciones:
a) La compraventa de bienes inmuebles o la cesión de derechos sobre estos;
b) La administración y manejo de recursos, valores o cualquier otro activo de sus clientes;
c) El manejo de cuentas bancarias, de ahorro o de valores;
d) La organización de aportaciones de capital o cualquier otro tipo de recursos para la constitución, operación y administración de sociedades mercantiles; o
e) La constitución, escisión, fusión, operación y administración de personas morales o vehículos corporativos, incluido el fideicomiso y la compra o venta de entidades mercantiles.
Por ello, los contadores, abogados o gestores son perfiles afines a este tipo de operaciones, pero pueden existir otras profesiones relacionadas.