Se les explicó cuáles son las obligaciones que corresponden a cada sector, entre ellas darse de alta en el Sistema del Portal de Prevención de Lavado de Dinero y presentar avisos o informes.
Las 17 actividades vulnerables de lavado de dinero
1.- La práctica de juegos con apuesta, concursos o sorteos que realicen organismos descentralizados.
2.- Tarjetas de servicios, de crédito, prepagadas y todas aquellas que constituyan instrumentos de almacenamiento de valor monetario.
3.- La emisión y comercialización habitual o profesional de cheques de viajero.
4.- El ofrecimiento habitual o profesional, por parte de sujetos distintos a las entidades financieras de otorgamiento de préstamos o créditos, con o sin garantía.
5.- La realización habitual o profesional de actividades de construcción o desarrollo de bienes inmueble.
6.- La recepción de recursos que se destinen para llevar a cabo un Desarrollo Inmobiliario cuya finalidad sea su venta o renta.
7.- La comercialización o intermediación habitual o profesional de metales preciosos, piedras preciosas, joyas o relojes.
8.- La subasta o comercialización habitual o profesional de obras de arte.
9.- La comercialización o distribución habitual o profesional de vehículos, nuevos o usados, ya sean aéreos, marítimos o terrestres.
10.- La prestación habitual o profesional de servicios de blindaje de vehículos terrestres e inmuebles.
11.- La prestación habitual o profesional de servicios de traslado, custodia de dinero o valores.
12.- La prestación de servicios profesionales de manera independiente, sin que medie relación laboral con el cliente.