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Multan a Banorte y Rappi con casi 20 mdp por fusionarse sin autorización

La Comisión Nacional Antimonopolio multó a las empresas por hacer la fusión sin previa notificación a la autoridad; los acusados podrán interponer la sanción ante tribunales especializados.
multan a banorte y rappi con 20 mdp
La CNA dijo que las empresas pueden acudir a los tribunales especializados. (Banorte)

La Comisión Nacional Antimonopolio (CNA) multó a Banorte y Rappi con 19.9 millones de pesos por haber celebrado una fusión en 2020 sin autorización.

"El 20 de julio de 2020, las empresas sancionadas celebraron una operación mediante la cual Banorte adquirió la facultad de intervenir en las decisiones del negocio de tarjetas de crédito de Rappi, sin que esta operación fuera previamente analizada y autorizada por la autoridad", estableció la autoridad.

En junio de 2020, Banorte había informado que había logrado un acuerdo con Rappi para fundar "Tarjetas del Futuro" una sociedad con la que emitirían tarjetas de crédito.

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"Se ofrecerán servicios digitales de movilidad, comerciales y de pagos", informó entonces el banco en un comunicado y añadió que con esta nueva sociedad se tendrá acceso a una amplia base de usuarios jóvenes, fieles a la digitalización y adaptables a nuevas tecnologías.

Banorte se comprometió en ese entonces a invertir cerca de 4,000 millones de pesos en un plazo de 18 meses y en abril del año pasado, el Grupo Financiero liderado por Marcos Ramírez informó de sus intenciones de hacerse de el resto de la empresa que habían cofundado.

Banorte ofreció 50 millones de dólares por el 44.28% del negocio que no tenía de Rappi así como un acuerdo de exclusividad de 15 años.

La CNA destacó en la sanción que el control previo de concentraciones es un mecanismo fundamental en los procesos cuya finalidad es proteger a consumidores y empresas de potenciales condiciones anticompetitivas.

"Cuando dos empresas se concentran, esa decisión puede cambiar los precios, la calidad y las opciones que encontramos todos los días al adquirir un producto o contratar un servicio y, una vez ejecutada la operación, sus efectos pueden ser difíciles de revertir", destacó la CNA.

El regulador destacó que la ley exige que ciertas operaciones se notifiquen y esperen la resolución de la Comisión antes de realizarse por lo que no es un trámite opcional ni una formalidad menor.

"Es un deber legal que aplica por igual a todas las empresas. Al evitar cumplirla, las partes ponen en riesgo a los consumidores y empresas que la ley busca proteger", añadió.

Tanto Rappi como Banorte podrán interponer las acciones judiciales correspondientes ante los tribunales especializados en la materia.

Expansión buscó a ambas empresas para conocer su postura ante esta sanción sin que hasta el momento se hayan pronunciado.

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