México dio un paso para vigilar con mayor rigor el capital extranjero que entra a sectores considerados sensibles para la seguridad nacional. El Senado ya aprobó la reforma a la Ley de Inversión Extranjera que permitirá revisar, condicionar e incluso impedir determinadas adquisiciones. Pero el nuevo filtro mantiene un umbral que especialistas consideran elevado: la revisión obligatoria se activa cuando un inversionista extranjero busca adquirir más de 49% de una empresa mexicana, frente a 25% o menos que se recomienda.
México cierra la puerta a inversiones de riesgo, pero el nuevo filtro de 49% deja rendijas
El porcentaje accionario no cuenta toda la historia. Una participación minoritaria puede otorgar influencia sobre las decisiones de una compañía o acceso a tecnología e información sensible, sin necesidad de poseer la mayoría del capital.
Ese es uno de los argumentos del reporte Mexico’s Road to Investment Screening: FDI Trends, Regulatory Gaps, and Policy Recommendations, publicado por el Center for International Private Enterprise (CIPE), organización estadounidense dedicada al desarrollo del sector privado y al fortalecimiento de las instituciones económicas, y elaborado por especialistas del CELIS Institute, centro independiente con sede en Berlín especializado en revisión de inversiones extranjeras y seguridad económica.
El escrutinio obligatorio previsto en la reforma requiere tres condiciones simultáneas: que el inversionista extranjero pretenda adquirir, directa o indirectamente, más de 49% del capital de una sociedad mexicana; que sus activos superen el monto que determine la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras (CNIE), y que opere en actividades sensibles.
Estas comprenden infraestructura estratégica, tecnologías críticas y productos de doble uso, insumos fundamentales y seguridad alimentaria, así como acceso o control de información sensible. La Comisión podrá incorporar otras actividades análogas.
El reporte considera que el umbral mexicano es “excesivamente alto” frente a los niveles de entre 10% y 25% que utilizan distintas economías avanzadas. Recomienda reducirlo a 25% o menos y añadir un criterio monetario; como ejemplo, plantea operaciones desde 5 millones de dólares, independientemente del porcentaje adquirido.
Bajo el diseño legislativo, una adquisición de 30% o 40% no activaría la revisión obligatoria únicamente por su porcentaje. La reforma contempla una vía voluntaria para operaciones que no alcancen los umbrales.
La diferencia está en los derechos que acompañan a las acciones. Los acuerdos entre socios, la representación en el consejo y la distribución del resto del capital pueden dar a un inversionista un papel relevante con una participación menor.
Un ejemplo es Fernando Chico Pardo: con 25% de Grupo Financiero Banamex, adquirido por una empresa de su propiedad y de su familia, asumió la presidencia del Consejo de Administración y se convirtió en su mayor accionista privado individual. Aunque es capital mexicano, el caso ilustra cómo una participación minoritaria puede acompañarse de influencia en las decisiones.
La asesoría de EU
El mecanismo tiene detrás varios años de cooperación bilateral. El Departamento de Estado señala en su Investment Climate Statement for Mexico 2026, publicado en septiembre, que Hacienda y el Tesoro estadounidense firmaron en diciembre de 2023 un Memorándum de Intención sobre revisión de inversiones y seguridad nacional.
Ambos países establecieron un grupo de trabajo para intercambiar mejores prácticas. La colaboración también incluyó asistencia técnica para crear el mecanismo mexicano, de acuerdo con el informe.
“El Departamento del Tesoro de Estados Unidos ha proporcionado amplia asesoría técnica a Hacienda para establecer un mecanismo de revisión de inversiones similar al Comité de Inversión Extranjera en Estados Unidos (CFIUS)”, señala el documento.
El CFIUS es el comité estadounidense que examina determinadas inversiones y adquisiciones extranjeras por sus posibles implicaciones para la seguridad nacional. La asesoría aporta contexto al origen del mecanismo mexicano; su alcance depende del diseño legislativo del país.
No sólo adquisiciones
Otro vacío identificado por CIPE y CELIS corresponde a los proyectos greenfield: nuevas plantas o instalaciones que un inversionista establece desde cero, en lugar de comprar una empresa existente.
El reporte recomienda incorporarlos expresamente a la revisión cuando involucren sectores estratégicos o inversionistas controlados por otros Estados. Identifica la ausencia de un examen integral de estos proyectos entre las deficiencias del esquema mexicano.
La diferencia de escala es considerable, pues según los datos recopilados por el estudio, los proyectos greenfield anunciados en México alcanzaron alrededor de 45,000 millones de dólares en 2024, frente a unos 5,300 millones destinados a adquisiciones de empresas establecidas. Los anuncios no equivalen a inversión efectivamente desembolsada.
La recomendación amplía la discusión: los riesgos potenciales no dependerían sólo de quién compra una compañía existente, sino también de quién construye y opera nuevas instalaciones en sectores estratégicos.
Reglas para dar certeza
El filtro también necesita claridad para las empresas. Un análisis publicado en el Observatorio Global de la Cámara de Diputados advierte que las categorías amplias de actividades sensibles pueden generar incertidumbre si carecen de criterios precisos o cambian de manera imprevisible.
El documento describe una herramienta utilizada en España: una consulta voluntaria que permite obtener un pronunciamiento vinculante sobre si una operación está sujeta al régimen de control. La referencia plantea una cuestión adicional para México: cómo detectar riesgos sin imponer trámites innecesarios.
Delimitar las operaciones sujetas a revisión también permitiría a las empresas anticipar requisitos, plazos y costos antes de comprometer capital. La eficacia del mecanismo depende tanto de su capacidad para identificar amenazas como de la previsibilidad de sus procedimientos.