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¿Cuáles son las obligaciones de las empresas con los empleados en home office?

Aquellas que no cumplan con sus obligaciones pueden recibir una multa de 21,720 a 217,200 pesos, según el artículo 992 de la Ley Federal del Trabajo.
lun 24 enero 2022 06:10 PM
Obligaciones de las empresas ante Home Office, regulación del teletrabajo
Solo un patrón de entre seis apoya a sus trabajadores con los gastos del home office. Los apoyos son de aproximadamente 350 pesos y solo la dan el 20% de los patrones, de acuerdo con datos recabados por Mercer México.

La nueva variante de Covid-19, ómicron, impulsó a decenas de empresas a extender o regresar a la modalidad home office. Un esquema que ha generado nuevas obligaciones para las empresas frente a sus trabajadores.

A partir de la reforma al artículo 311 y la adición al capítulo XII BIS de la la Ley Federal del Trabajo (LFT), hechos en 2020, los patrones deberán proporcionar, instalar y dar mantenimiento al equipo para el trabajo, como por ejemplo computadoras, impresoras, sillas ergonómicas u otros beneficios que se consideren necesarios para que cada colaborador pueda desempeñar sus labores.

Las compañías también tendrán que asumir una parte proporcional de los servicios de internet, telefonía y luz.

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El abogado laboral Kair Vela explica que una modalidad home office es cuando un colaborador labora a distancia más del 40% de su jornada total. De ser así, tanto el tiempo trabajado de forma remota como el salario, beneficios y pagos adicionales para llevar a cabo las funciones de teletrabajo tendrán que estar por escrito.

Las empresas también deberán de pagar el salario en tiempo y forma, no inferior al salario que recibe un trabajador en modalidad presencial y respetar el derecho a la desconexión digital: los trabajadores pueden desconectarse al acabar la jornada laboral y los jefes inmediatos tendrán que respetar ese derecho.

De no hacerlo, las empresas pueden recibir una multa de 21,720 a 217,200 pesos, según el artículo 992 de la LFT. Pero algunos huecos detectados por los especialistas en la legislación han limitado el cumplimiento de las obligaciones.

Huecos en la regulación

La reforma en materia de home office no define cómo calcular el pago “proporcional” de los servicios, dando lugar a diversas interpretaciones.

“La ley da a entender que el patrón debe pagar en su totalidad. Se puede entender como el consumo que use el trabajador para llevar a cabo el trabajo que, en dado caso, pudiera obtenerse con base en el diferencial en su consumo antes del teletrabajo y posterior a él”, explicó tras la reforma Alejandro Velasco, gerente de Comunicación Interna y Responsabilidad Social Corporativa de Sodexo Beneficios e Incentivos México.

Solo un patrón de entre seis apoya a sus trabajadores con los gastos del home office. Los apoyos son de aproximadamente 350 pesos y solo la dan el 20% de los patrones, de acuerdo con datos recabados por Mercer México.

“A pesar del éxito del home office, el estado evolutivo del trabajo híbrido traerá muchos desafíos a medida que se retome una vida regular, añadió Velasco.

La capacidad de adaptarse a un trabajo remoto o mixto no ha sido fácil. Las industrias de IT, finanzas y seguros de gestión han tenido una conversión más fluida. Las empresas de manufactura y servicios de alimentos, y funciones como el servicio al cliente y trabajadores de planta han experimentado una transición más compleja.

Con información de Nancy Malacara

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