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No todo es declaración anual: las fechas que toda empresa debe saber para estar al día con el SAT

Cada empresa debe tener un calendario fiscal para estar al día con el SAT. Estas son las principales fechas de cumplimiento tributario para mantener la salud financiera.
jue 19 febrero 2026 01:17 PM
No todo es declaración anual: Las fechas que toda empresa debe saber para estar al día con el SAT
La Declaración Anual 2025 de empresas se puede presentar hasta el 31 de marzo de 2026. Se trata de una obligación que permite a las personas morales informar al SAT sobre sus ingresos, deducciones, impuestos retenidos, pagos realizados y más información financiera correspondiente al ejercicio anterior. (cherdchai chawienghong/Getty Images)

La salud financiera y fiscal es clave para cualquier empresa, ya que permite mantener en orden las obligaciones tributarias y evitar problemas posteriores con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), un organismo que cada vez tiene más herramientas para detectar errores y cobrar los impuestos de manera efectiva.

Actualmente, está en vigor el periodo para realizar la Declaración Anual, el evento más importante y obligatorio de cada ejercicio fiscal, pero no es la única fecha relevante en el calendario.

Durante el año, hay varios ciclos que se deben cumplir para estar al día con el SAT y la población trabajadora. Estas son las fechas clave.

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Declaración Anual de Empresas 2026

Entre enero y marzo, las empresas y demás personas morales tienen la obligación de hacer su declaración anual de impuestos del ejercicio fiscal anterior inmediato.

Este año, hay tres fechas límites para su presentación, de las cuales dos ya vencieron:

Sociedades en liquidación: hasta el 19 de enero de 2026
Organizaciones sin fines de lucro: hasta el 16 de febrero de 2026
Régimen General, RESICO y otros regímenes: hasta el 31 de marzo de 2026

El SAT cuenta con una plataforma con información precargada para facilitar el registro:

  • Pagos provisionales presentados y pagados durante el ejercicio.
  • Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) pagada en el ejercicio.
  • Retenciones efectivamente pagadas (ISR por sueldos y salarios, asimilados a salarios, arrendamiento y RESICO).
  • CFDI de devoluciones, descuentos y bonificaciones.
  • Remanente de declaraciones de ejercicios anteriores, como pérdidas fiscales, pagos al extranjero, dividendos, subsidio para el empleo, entre otros.

En caso de querer modificar los ingresos o cualquier dato precargado, se deben presentar declaraciones complementarias.

Para enviar la declaración se necesita de e.firma vigente y un servicio de banca electrónica, ya que en caso de obtener un saldo a cargo, se debe realizar el pago mediante transferencia a través de bancos autorizados para el cobro de contribuciones federales. La actualización de la operación será visible después de 48 horas.

Cuando exista saldo en ceros, tardará 24 horas en reflejarse.

El SAT cuenta con videos tutoriales para hacer la declaración desde sus canales oficiales, en caso de requerirlo.

Fechas clave para el cumplimiento fiscal en 2026

Una vez mencionada la declaración anual, hay una serie de eventos y fechas que los responsables de las organizaciones deben considerar para mantener una salud fiscal adecuada. De acuerdo con BBVA, los eventos se pueden dividir en mensuales, trimestrales y anuales, según el tipo de reporte.

Obligaciones mensuales

Las empresas deben realizar el pago y reporte, a más tardar, el día 17 de cada mes:

- Pagos Provisionales de Impuesto Sobre la Renta (ISR): Calculados sobre el coeficiente de utilidad de la empresa.

- Declaración y pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA): Pago definitivo del impuesto causado en el mes anterior. Es decir, el neto del IVA acreditable.

- Entero de Retenciones: El traslado de impuestos retenidos a terceros por servicios profesionales, arrendamientos o salarios.

- Contabilidad electrónica: Se necesita enviar una balanza de comprobación y de catálogo de cuentas, según las normas de información financiera.

- DIOT: La Declaración Informativa de Operaciones con Terceros que detalla transacciones con proveedores que generaron IVA.

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Obligaciones trimestrales

Las empresas que tributan en el Régimen General y están en su segundo ejercicio de operación, deben realizar sus pagos trimestrales, a más tardar las siguientes fechas:

15 de abril de 2026 (Primer trimestre)
15 de julio de 2026 (Segundo trimestre)
15 de octubre de 2026 (Tercer trimestre)
15 de enero de 2027 (Cuarto trimestre)

Obligaciones anuales con los trabajadores

Por ley, hay dos prestaciones laborales obligatorias que deben entregarse a los trabajadores en fechas específicas. Se trata de la participación de las utilidades y del aguinaldo.

Las utilidades (PTU) son el derecho constitucional de la población trabajadora a recibir una parte de las ganancias que obtiene la empresa o un patrón por la actividad productiva y servicios.

En ese sentido, las empresas y personas morales tienen el siguiente periodo para entregarlas:

Del 1 de abril al 30 de mayo.

Las únicas empresas que no están obligadas al reparto de utilidades son:

1. Las empresas de nueva creación, durante el primer año de funcionamiento.
2. Las empresas de nueva creación, dedicadas a la elaboración de un producto nuevo, durante los dos primeros años de funcionamiento.
3. Las empresas de industria extractiva, de nueva creación, durante el período de exploración.
4. Las instituciones de asistencia privada, reconocidas por las leyes, que con bienes de propiedad particular ejecuten actos con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios.
5. El Instituto Mexicano del Seguro Social y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.

En el caso del aguinaldo, también es un derecho federal que responde a brindar una remuneración anual equivalente a 15 días de salario a las personas trabajadoras en activo, así como a todo extrabajador, aunque no haya cumplido el año completo de labores.

El plazo que tienen las empresas para cubrirlo es a final de año, con fecha límite el 20 de diciembre de cada ejercicio.

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Recomendaciones para cumplir el calendario fiscal

Los plazos no están de referencia, sino que son vitales para evitar sanciones por pasarse del vencimiento. Un error es dejar pasar el tiempo, y dejar a último momento las presentaciones, que pueden tener complicaciones.

Para mantener una gestión sana y efectiva, se recomienda:

Verificar la vigencia de la e.firma y la contraseña. Anticiparse a su vencimiento evita procesos de renovación presenciales que pueden complicarse con cierres de atención.

Conciliación mensual. La declaración anual se nutre de los pagos y reportes provisionales mensuales, por lo que es más útil detectar errores en el momento para evitar discrepancias posteriores en el sistema del SAT.

Vigilancia de proveedores. Revisar que los emisores de CFDI cumplan con los requisitos legales, y actuar en el periodo establecido por el SAT para evitar restricciones de los sellos propios.

Revisar el calendario de labores del SAT antes de agendar citas. No es frecuente que el SAT deje de recibir atención, pero es necesario anticipar a estar a las prisas.

Cumplir en tiempo y forma con derechos laborales. Se evitan multas de 50 a 500 veces la UMA en el caso del aguinaldo, o de 250 a 5,000 UMAS.

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