Incentivos para invertir
La deducción inmediata aplicará a bienes nuevos de activo fijo adquiridos entre el 1 de enero de 2027 y el 30 de septiembre de 2030. Para acceder al beneficio, los activos deberán utilizarse por primera vez en México y permanecer en operación durante al menos dos años.
El porcentaje de deducción dependerá del tipo de inversión. Las actividades relacionadas con la manufactura, ensamble y transformación de componentes magnéticos y tarjetas electrónicas para computación podrán deducir de inmediato 100% de la inversión.
La tasa será de 86% para dados, troqueles, moldes, matrices y herramental, así como para maquinaria destinada a investigación de nuevos productos o desarrollo tecnológico. Para equipos de cómputo personales y portátiles, servidores, impresoras, lectores ópticos, concentradores de red y almacenamiento externo, el porcentaje será de 85%.
Otros activos vinculados con la transición tecnológica y productiva tendrán una deducción de 83%. En este grupo están los vehículos eléctricos, híbridos y de hidrógeno, además de autobuses, camiones, montacargas, bicicletas y motocicletas eléctricas, así como maquinaria para construcción, agricultura, ganadería, silvicultura y pesca.
La propuesta también contempla una deducción inmediata de 80% para maquinaria y equipo utilizado en restaurantes, mientras que construcciones y restauraciones de inmuebles patrimoniales o históricos, equipos de comunicación telefónica y satelital en tierra e infraestructura de transporte eléctrico e hidrocarburos tendrán una tasa de 67%.
Para construcciones e instalaciones generales, así como maquinaria para generación y distribución de electricidad y procesamiento de alimentos básicos como azúcar, granos y aceites, la deducción será de 49%.
El estímulo, sin embargo, no será universal. Quedan fuera mobiliario y equipo de oficina, automóviles con motor de combustión interna, blindaje de vehículos, bienes que no puedan identificarse individualmente y aviones que no estén destinados a la aerofumigación agrícola.