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¿Vendes por catálogo? Así te afectará el plan de Hacienda para 2020

Los expertos señalan que esta será una forma "simple" para que las personas que se dedican a este tipo de ventas puedan declarar sus impuestos.
lun 14 octubre 2019 11:46 AM
Venta catálogo impuestos
Para el año entrante, Hacienda busca mejorar la recaudación de impuestos tributarios.

Las personas físicas que se dedican a la venta por catálogo están en la mira de la secretaría de Hacienda para poder elevar el nivel de ingresos que recaudará el Estado el año entrante, es por ello que pretende aplicar una retención de impuestos sobre el precio del producto que se venda.

La dependencia encabezada por Arturo Herrera dice que este cambio podría beneficiar a las más de 2.5 millones de personas que se dedican a esta actividad en el país. El plan del actual gobierno federal consiste en mejorar la recaudación de impuestos tributarios para el siguiente año en un 2%, para alcanzar los 3.5 billones de pesos en este rubro, según la propuesta de Paquete Económico que actualmente discute el Congreso.

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Cabe señalar que la industria de las ventas directas en México creció 22% entre 2012 y 2017, de acuerdo con Euromonitor. Se espera que esto crezca alrededor de 9% en los próximos años.

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¿Qué significa esta medida? ¿Qué tan efectiva puede ser? ¿Cómo afectará a las personas físicas? Expansión consultó a especialistas en materia de impuestos para conocer sus puntos de vista al respecto y esto fue lo que encontró.

¿Nuevos impuestos?

Los expertos aseguraron que se debe tomar en cuenta que todas las personas que perciben un ingreso están obligadas a pagar impuestos, por lo que esta propuesta “es justa”.

“No es un impuesto nuevo a las vendedoras de ventas por catálogo es realmente una medida de simplificación del pago de los impuestos”, explicó Ricardo Delgado, socio de Impuestos Indirectos de EY.

“Lo que busca la autoridad es que los encargados de vender esos productos sean los encargados, como en el caso de cualquier patrón, de retener el impuesto que pudiera generarse entre el costo del producto y el costo máximo”, detalló Guillermo Mendieta, presidente de la Comisión de Auditoría Fiscal del Colegio de Contadores Públicos y socio de la firma Mendieta y Asociados.

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El cobro del impuesto se hará sobre el margen de ganancia del producto, por ejemplo, si un artículo es vendido por la empresa en 7 pesos y la persona que vende por catálogo lo vende en 10 pesos, el impuesto será sobre la diferencia, es decir, sobre los 3 pesos.

De esta manera, las personas que se dedican a esta actividad estarán cumpliendo con su obligación de pagar impuestos por los ingresos que perciben.

“No le está trasladando el impuesto al producto final, a quien se le está cobrando el impuesto y sobre el margen de utilidad es a la vendedora”, añadió Mendieta.

El experto dijo que un segundo efecto de esta propuesta gubernamental es que las personas que no estén en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) sean dadas de alta para efectos de demostrar que se pagan los impuestos.

De esta manera, las personas que por la venta por catálogo reciban más de 400,000 pesos al año, deberán hacer su declaración de impuestos como lo marca la ley. En el caso de que vendan menos de este monto, la declaración la hará la empresa proveedora de los productos.

"Lo que busca la autoridad es que los encargados de vender esos productos sean los responsables como en el caso de cualquier patrón de retener el impuesto", dijo Mendieta.

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