Se propone establecer que en los juicios de arrendamiento de inmuebles, en donde se obligue al arrendatario al pago de rentas vencidas, el Juez no autorizará los pagos al arrendador si este no acredita haber expedido los CFDI respectivos”, señala el documento.
“Con esta medida se generan los incentivos para que los contribuyentes que participan en el arrendamiento de inmuebles emitan los CFDI correspondientes y el SAT cuente con información que facilite sus labores de control y fiscalización”.
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2. ¿Vendes por catálogo? Hacienda asegura que contar con un esquema que facilite el cumplimiento fiscal y reduzca la carga administrativa en ese sector beneficiaría a más de 2.5 millones de personas que se dedican a esa actividad.
Para ello busca un esquema simplificado de retención, que consiste en determinar el ISR a pagar sobre la diferencia entre el precio de venta sugerido y el precio de compra. El precio después de ISR se hará desde la empresa que expida los productos.
“Con esa facilidad se contribuye a fomentar la formalidad y a dotar de certidumbre tributaria a los vendedores independientes, los cuales, ante la falta de un esquema acorde a sus necesidades se ven obligados a tributar en el régimen general de personas físicas con actividad empresarial”, dice el documento de Hacienda.
La medida reduce la carga administrativa de millones de personas que se dedican a vender de manera independiente, ya sea por mecanismo de venta directa o a través de catálogos.
3. Retención de IVA por subcontratación. El modelo de outsourcing ha aumentado en los últimos 10 años de 8.6% a 16.6%, de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), por lo que el gobierno propone obligar a las empresas que usan este esquema a retener y enterar el IVA causado en la contratación de esos servicios.
4. Más intereses para los ahorradores. La tasa de retención provisional aplicable al capital es un impuesto que se retiene por las ganancias de los intereses de tus ahorros y en 2020 se aumentará de 1.04% a 1.45%.
“Con ese ajuste, la tasa de retención para el ejercicio fiscal 2020 reflejará el comportamiento de los instrumentos financieros que cotizan en la economía mexicana y de la inflación observada. Así, la tasa de retención aplicada es consistente con los intereses percibidos por los ahorradores”, sugiere Hacienda.
Los instrumentos financieros afectados no se mencionan en el documento emitido por Hacienda, pero esta tasa de retención es la que se le hace a inversionistas en deuda gubernamental o Cetes.