Entre las medidas para el combate a la emisión de estos documentos que simulan operaciones, se plantea una sanción de dos a nueve años de prisión a quien, por sí o por interpósita persona expida, enajene, compre o adquiera comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados, refiere la propuesta de reforma al Código Fiscal de la Federación (CFF) que es parte del Paquete Económico 2026 .
“Las nuevas disposiciones que se agregarían al Código Fiscal de la Federación, parecen de inicio, que pretenden regular y poner piso parejo para todos, por lo que los contribuyentes tenemos que tomar mayores precauciones en relación con la recepción y la emisión de facturas”, explicó Pedro Aguilar, presidente del Comité Técnico Nacional de Estudios Fiscales del Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas (IMEF).
¿Qué es una factura falsa?
De acuerdo con el SAT, es un comprobante fiscal digital (cfdi) o factura electrónica que es válida pues cumple con los requisitos, pero su contenido es falso porque la operación no existe.
Por ejemplo: una empresa que supuestamente ofrece servicios de limpieza inmobiliaria, la cual no cuenta con el personal, ni la infraestructura, ni insumos para brindar el servicio. El SAT puede llegar a corroborar su domicilio fiscal y detectar que es un conjunto habitacional o un lote baldío.
¿Qué son las listas negras del SAT?
Existe una serie de listas, las del artículo 69 del Código Fiscal de la Federación (CFF) contienen a los contribuyentes catalogados como: incumplidos por contar con adeudos firmes, exigibles, no localizados, cancelados o de los que cuenten con sentencia condenatoria por delito fiscal y a los que se les hubiere condonado algún crédito fiscal.
El actor, Alfredo Adame; la cantante, Belinda; el abogado, Juan Collado; la conductora, Laura Bozzo; la cantante Francisca Viveros, mejor conocida como Paquita la del Barrio, y la cantante, Paulina Rubio, son personajes de casos que han resonado por supuestos del artículo 69.
Una reforma en 2014 al CFF, durante la administración de Enrique Peña Nieto, otorgó al SAT, a través de la adición al artículo 69-B, la atribución de investigar y sancionar a las empresas que simulan operaciones y emiten facturas falsas, incluyendo la publicación de estas en listas en el Diario Oficial de la Federación (DOF), con el objetivo de que los supuestos malhechores desvirtúen los hechos imputados por la autoridad.
En el caso de las supuestas factureras se tendrá que revisar la lista correspondientes al artículo 69-B, que contiene a los contribuyentes no localizables o que supuestamente han emitido comprobantes fiscales falsos.
Cabe destacar que las empresas fantasma o factureras también han sido utilizadas por el gobierno federal para el desvío de recursos públicos, al menos en los últimos veinte años, de acuerdo con la serie de reportajes Fantasmas del erario de Quinto Elemento Lab.
“La propuesta de reforma, ya define y pone claro el contexto de qué es lo que va estar buscando la autoridad fiscal, en relación a comprobantes que no amparen operaciones existentes verdaderas o actos jurídicos reales; puede ser desde alguna actividad que definitivamente esté del lado equivocado, o puede ser alguna que no cuente con la documentación soporte que acredite que se trata de operaciones existentes y verdaderas”, comentó Aguilar.