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¿Cómo checar las listas negras del SAT?

La propuesta de Paquete Económico 2026 implicará mayores tareas administrativas para los contribuyentes, como identificar si sus proveedores están o no en estos listados del fisco.
mar 23 septiembre 2025 11:00 AM
Cómo checar las listas negras del SAT para no caer en la trampa de las facturas falsas
Si bien las listas se publican periódicamente en el DOF, el listado completo puede consultarse en el sitio del SAT, sin necesidad de una clave o firma electrónica para acceder.

La caza de facturas falsas que plantea el gobierno federal en el Paquete Económico 2026 exigirá mayor cuidado y tareas administrativas a los contribuyentes para la emisión y recepción de los comprobantes fiscales, entre las que destaca revisar las listas negras del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

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Entre las medidas para el combate a la emisión de estos documentos que simulan operaciones, se plantea una sanción de dos a nueve años de prisión a quien, por sí o por interpósita persona expida, enajene, compre o adquiera comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados, refiere la propuesta de reforma al Código Fiscal de la Federación (CFF) que es parte del Paquete Económico 2026 .

“Las nuevas disposiciones que se agregarían al Código Fiscal de la Federación, parecen de inicio, que pretenden regular y poner piso parejo para todos, por lo que los contribuyentes tenemos que tomar mayores precauciones en relación con la recepción y la emisión de facturas”, explicó Pedro Aguilar, presidente del Comité Técnico Nacional de Estudios Fiscales del Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas (IMEF).

¿Qué es una factura falsa?

De acuerdo con el SAT, es un comprobante fiscal digital (cfdi) o factura electrónica que es válida pues cumple con los requisitos, pero su contenido es falso porque la operación no existe.

Por ejemplo: una empresa que supuestamente ofrece servicios de limpieza inmobiliaria, la cual no cuenta con el personal, ni la infraestructura, ni insumos para brindar el servicio. El SAT puede llegar a corroborar su domicilio fiscal y detectar que es un conjunto habitacional o un lote baldío.

¿Qué son las listas negras del SAT?

Existe una serie de listas, las del artículo 69 del Código Fiscal de la Federación (CFF) contienen a los contribuyentes catalogados como: incumplidos por contar con adeudos firmes, exigibles, no localizados, cancelados o de los que cuenten con sentencia condenatoria por delito fiscal y a los que se les hubiere condonado algún crédito fiscal.

El actor, Alfredo Adame; la cantante, Belinda; el abogado, Juan Collado; la conductora, Laura Bozzo; la cantante Francisca Viveros, mejor conocida como Paquita la del Barrio, y la cantante, Paulina Rubio, son personajes de casos que han resonado por supuestos del artículo 69.

Una reforma en 2014 al CFF, durante la administración de Enrique Peña Nieto, otorgó al SAT, a través de la adición al artículo 69-B, la atribución de investigar y sancionar a las empresas que simulan operaciones y emiten facturas falsas, incluyendo la publicación de estas en listas en el Diario Oficial de la Federación (DOF), con el objetivo de que los supuestos malhechores desvirtúen los hechos imputados por la autoridad.

En el caso de las supuestas factureras se tendrá que revisar la lista correspondientes al artículo 69-B, que contiene a los contribuyentes no localizables o que supuestamente han emitido comprobantes fiscales falsos.

Cabe destacar que las empresas fantasma o factureras también han sido utilizadas por el gobierno federal para el desvío de recursos públicos, al menos en los últimos veinte años, de acuerdo con la serie de reportajes Fantasmas del erario de Quinto Elemento Lab.

“La propuesta de reforma, ya define y pone claro el contexto de qué es lo que va estar buscando la autoridad fiscal, en relación a comprobantes que no amparen operaciones existentes verdaderas o actos jurídicos reales; puede ser desde alguna actividad que definitivamente esté del lado equivocado, o puede ser alguna que no cuente con la documentación soporte que acredite que se trata de operaciones existentes y verdaderas”, comentó Aguilar.

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¿Cómo buscar a presuntas empresas factureras?

“Lo primero que tendríamos que atender son las listas negras del artículo 69-B y 69-Bis del CFF, para identificar que los contribuyentes con quienes estamos teniendo relaciones jurídicas y recibimos comprobantes fiscales, pues efectivamente no estén ahí y además de esto tener un candado adicional para poder identificar quiénes están en relación con qué actos jurídicos, y si se cuenta con el soporte suficiente para poder acreditarlo, en caso de que la autoridad nos llegara a revisar con estas nuevas facultades que se están dando a conocer o se proponen en el Código Fiscal de la Federación”, comentó el integrante del IMEF.

Si bien las listas se publican periódicamente en el DOF, el listado completo puede consultarse en el sitio del SAT, sin necesidad de una clave o firma electrónica para acceder.

La ruta es:

1.- Dirigirse a la página del SAT: www.sat.gob.mx

2.- Hacer clic en Continuar al sitio.

3.- Scrollear hacia abajo y dar clic en Datos abiertos

4.- Scrollear hasta la tercera fila y dar clic en Contribuyentes publicados y acciones contra la delincuencia.

5.- Dirigirse a Artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, ahí se mostrará la fecha de la última actualización, a la fecha se encuentra hasta el cierre del 31 de agosto pasado.

6.- En Archivos disponibles, selecciona Listado Completo, se descargará un documento Excel donde podrás buscar, a través de la función Buscar u oprimiendo las teclas ctrl+b al mismo tiempo, al contribuyente por nombre o RFC, en la lista hallarás la Situación del Contribuyente que puede ser: sentencia favorable, desvirtuado, presunto y definitivo.

De acuerdo con Quinto Elemento Lab, una facturera puede dejar sin efecto la resolución del SAT tras interponer y ganar una demanda en el Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Aunque la empresa consiga salir de la lista de definitivas, según la autoridad fiscal no se libera de la responsabilidad de haber emitido facturas sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para realizar los servicios o la entrega de los bienes.

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